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30 reclusos de San Pedro obtienen su libertad con Decreto Presidencial

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(Infodiez-21/09/20)

El proceso de descongestionamiento continúa en todas las cárceles de Bolivia. Autoridades e instituciones judiciales coordinaron los trabajos con la finalidad de liberar a mujeres y varones de los centros penitenciarios.

El viceministro de Seguridad Ciudadana, Wilson Santamaría, informó que, con la implementación del Decreto Presidencial de Indulto y amnistía; 30 privados de libertad de la cárcel de San Pedro de La Paz obtuvieron su libertad solo en un día. Las jornadas de descongestionamiento se efectúan en todas las cárceles del país.

“Quiero agradecer al tribunal de Justicia de La Paz. Hemos estado trabajando en la semana para iniciar las jornadas de descongestionamiento. En todas las cárceles de Bolivia se realizan audiencias con el apoyo de las autoridades jurisdiccionales del Ministerio Público y del ministerio de Gobierno, a través de la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario, con la finalidad de descongestionar el sistema carcelario”, explicó la autoridad viceministerial.

El gobierno estableció que los privados de libertad que no cuentan con abogados y que hayan cometido delitos menores, puedan acogerse a procesos abreviados. El sábado, 30 personas que estaban en el centro penitenciario de San Pedro lograron su libertad gracias a este trabajo que se ejecuta diariamente.

De la misma forma, se trabaja en coordinación con todas instituciones encargadas en el tema legal y jurisdiccional para la descongestión en los centros de orientación femenina de Miraflores y Obrajes de la ciudad de La Paz, para que las mujeres que hayan cometido delitos menores puedan obtener su libertad.

Debido a la emergencia sanitaria que vive el país debido a la pandemia del coronavirus, el pasado 4 de mayo, la presidenta Jeanine Áñez emitió el Decreto Supremo 4226, con la finalidad de evitar el hacinamiento y promover la descongestión carcelaria en el país.

Esta concesión de amnistía está dirigida a privados de libertad con detención preventiva, o medidas sustitutivas, que tengan penas iguales o menores a 8 años; para mujeres embarazadas, o con niños lactantes menores de un 1 año; y reclusos que tengan bajo su cuidado único a hijos menores de 6 años, o con discapacidad.

El D.S. también alcanza a personas que hayan hecho un acuerdo transaccional conciliatorio con la víctima en casos de estafa, estelionato o lesiones gravísimas; o cuando los detenidos presenten algún grado de discapacidad grave o muy grave. No están contemplados en el beneficio personas que cometieron delitos de narcotráfico, atentados contra la seguridad del Estado, contra la libertad sexual y reincidente, entre otros.

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