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Alcaldía cruceña dispone una hora más para retornar a sus domicilios a trabajadores que brindan servicios de primera necesidad

Excepcionalmente las actividades que, por su naturaleza de funcionamiento, gastronómicas y expendio de alimentos, transporte y de servicios, podrán disponer el tiempo de una hora para desmovilizarse a trasladarse a sus domicilios hasta las 21:00.

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Foto-Archivo infodiez

Santa Cruz, 7 de enero 2022

El Comité de Emergencia Municipal (COEM) emitió este viernes, una resolución para fortalecer las acciones tomadas para combatir el Covid-19 en Santa Cruz de la Sierra. Esta resolución entra en vigencia desde el sábado 8 hasta el lunes 17 de enero.

Excepcionalmente las actividades que, por su naturaleza de funcionamiento, gastronómicas y expendio de alimentos, transporte y de servicios, podrán disponer el tiempo de una hora para desmovilizarse a trasladarse a sus domicilios hasta las 21:00.

Otras prohibiciones continúan vigentes, entre ellas: las ferias itinerantes en espacios públicos. Y por su lado, los mercados y ferias fijas, funcionarán con el 30% de su capacidad, respetando todas las medidas de bioseguridad en los ingresos de los mismos. Los establecimientos que incumplan la normativa, será inmediatamente clausurado.

Además, quedan prohibidos los encuentros masivos, como ser: fiestas, conciertos, festivales artísticos, actuación de artistas (nacionales e internacionales) y todo evento donde se realicen aglomeraciones de personas. Se considera evento masivo a la reunión que supere las 30 personas.

Los delivery trabajarán desde las 5:00 hasta las 23:00, debiendo usar y mantener todas las medidas de bioseguridad.

Los patios de comida, restaurantes, cafeterías, y/o demás sitios de consumo de alimentos, atenderán hasta las 20:00 con aforo máximo del 30% de su capacidad y ocupación de sus espacios. Dichas actividades dispondrán de una hora (hasta las 21:00) para trasladar a sus funcionarios hasta sus domicilios.

Los cines, centros comerciales, mall, supermercados entidades financieras, y otras actividades comerciales y de servicio, atenderán hasta las 20:00 con el aforo máximo del 30%.

Los talleres académicos, vacacionales, gimnasios, eventos religiosos y culturales, también deben cumplir con el horario y aforo establecido por el COEM.

Quedan exceptos de la restricción de circulación las unidades motorizadas de los servicios esenciales, vehículos de emergencias y/o por fuerza mayor, así como vehículos públicos o particulares que realicen traslado de personas por cuestiones de emergencia de salud.

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