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Sociedad

Alcaldía cruceña fija sanciones para peatones y ciclistas

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Infodiez-20/09/19)

El reglamento de Movilidad Urbana establece multas de Bs. 40.000 para micreros y otras multas para ciclistas. Los peatones también serán sancionados si incumplen normas. Conoce cuáles son las infracciones

Usar las señalas de dominio público para publicidad, no hacer uso de las aceras, los cruces peatonales, los puentes y puntos de paradas, son algunas de las infracciones leves por las que los peatones serán sancionados, según el reglamento de Movilidad Urbana aprobado hace un mes por la Alcaldía cruceña.

También se castigará «el uso de teléfono celular que lo distraiga», uso indebido de espacios públicos, agredir a funcionarios públicos e impedir la circulación. Las sanciones serán de apercibimiento, de labor social y resarcimiento de daños.

Ciclistas

En cuanto a los ciclistas, la norma indica que si la infracción ocurre por primera vez, se le fijará apercibimiento, es decir, una advertencia de la autoridad. En caso de reincidencia se sanciona con labor social y resarcimiento de daños, si los hubiera.

Conductores

El reglamento aprobado a través del Decreto Municipal 022/2019, el 9 de agosto, contiene 307 artículos. En el artículo 285, de infracciones y sanciones de los conductores en general, se indica que conducir sin llevar cinturón o echar basura a la vía que dificulte la circulación es una falta leve, por lo que se sanciona con llamada de atención hasta el pago de multa por Bs 200, en caso de doble reincidencia.

Entre las faltas muy graves están, no respetar el límite de velocidad y causar daño o destruir infraestructura y señalización, lo que se sanciona hasta con Bs. 400.

En la norma se observa que los montos más elevados de las sanciones corresponden al transporte público. Son consideradas faltas muy grave, el negarse llevar pasajeros y utilizar como parada espacios no autorizados. Para estos casos las sanciones van desde apercibimiento hasta Bs 600.

El artículo 289 fija sanciones y multas diferenciando la capacidad y uso del vehículo. Por ejemplo, para los operadores que llevan un pasajero (moto) se fija como sanción leve el no controlar que conductores mantengan la limpieza y reserven espacios en vía pública. La multa es de Bs 800 además de la inmovilización del vehículo. Como muy graves se considera operar con unidades que no reúnen condiciones y sobrepasar la capacidad de pasajeros. La multa es hasta Bs1.600.

Para operadores de trufis – minibús (4 a 20 pasajeros); microbuses (21 a 29 pasajeros) y bus (30 a 59 pasajeros) también se fijan sanciones de Bs 40.000 en caso de modificar su ruta en reiteradas ocasiones o de realizar desdobles.

Sobre el tema, el secretario municipal de Gestión Institucional, Jorge Landívar, aseguró que los montos de las multas fueron consensuados con transportistas y vecinos, y que incluso se bajaron los montos propuestos en el primer borrador que se hizo público en junio, donde las multas mínimas superaban los Bs 4.000.

El secretario ejecutivo del Sindicato de Micros Santa Cruz, Aldo Terrazas, dijo que no conocen los montos, pues el reglamento no se socializó con ellos, por lo que se oponen a la aplicación.

El reglamento está vigente, pero en la disposición final se establece un plazo de 90 días desde la aprobación, para que se coordine y habiliten los mecanismos de cumplimiento.

 

 

Fuente  /  El Deber

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