Economia
ASFI instruye a la banca atender solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos
“Se instruye a las Entidades de Intermediación Financiera y a las Empresas de Arrendamiento Financiero, atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de los mencionados prestatarios”.

La Paz, 10 de junio 2025
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) instruyó a la banca atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación créditos solicitados por prestatarios afectados en sus actividades por factores inherentes a la coyuntura.

“Se instruye a las Entidades de Intermediación Financiera y a las Empresas de Arrendamiento Financiero, atender y analizar las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de los mencionados prestatarios”, se lee en la carta circular 1614/2025, con fecha 30 de mayo del presente año, firmada por la directora ejecutiva de la ASFI, Ivette Espinoza.
La ASFI dio la instrucción en el marco de sus atribuciones conferidas por la Ley 393 de Servicios Financieros y con el propósito de brindar un alivio financiero a los prestatarios que están siendo afectados en sus actividades por factores inherentes a la coyuntura económica, con el consecuente deterioro de su capacidad de pago.
“Las mencionadas solicitudes de refinanciamientos y/o reprogramaciones, podrán contemplar la inclusión de periodos de gracia y/o prórroga, tiempo en el cual, el deudor no tiene que efectuar pagos a capital ni intereses, así como otros mecanismos favorables necesarios que faciliten las condiciones, mejoren el acceso a soluciones ajustadas a las características del crédito y a la situación particular de cada prestatario, debiendo tomar en cuenta, además, que la reprogramación bajo estos términos, no implica el cambio de calificación del citado deudor a una categoría de mayor riesgo de forma automática”, indica la misiva.
Asimismo, la atención de las mencionadas solicitudes no debe exceder los 30 días calendario, teniendo que brindarse un trato equitativo, sin discriminación, en condiciones de calidad, cuantía, oportunidad y disponibilidad adecuadas a los intereses económicos de los deudores.
La gerencia general de las entidades es responsable de hacer cumplir la instrucción, aspecto sobre el cual la ASFI efectuará el respectivo control en sus tareas de supervisión.
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