Conecta con nosotros

Economia

Campo Margarita-Huacaya: Chuquisaca pide “cumplimiento obligatorio” del resultado del estudio de reservorios compartidos

“Una vez aprobados, por Yacimientos, los informes de los estudios realizados, conforme a lo establecido en el artículo 9, éstos serán de carácter definitivo y obligatorio para los departamentos involucrados y de cumplimiento y aplicación obligatoria por parte de Yacimientos, para la emisión de la certificación de la producción de hidrocarburos fiscalizado”.

Publicada

el

Exploración de gas
Foto-Pozo Margarita

Chuquisaca, 2 de septiembre 2022

La Resolución N° 222 de 2012 determina el “cumplimiento obligatorio” del resultado del estudio realizado por la empresa DeGolyer and MacNaughton Corp., (D&M), de reservorios compartidos del campo Margarita-Huacaya, recordó el presidente de la Comisión de Hidrocarburos de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca, Ricardo Zárate.

“Una vez aprobados, por Yacimientos, los informes de los estudios realizados, conforme a lo establecido en el artículo 9, éstos serán de carácter definitivo y obligatorio para los departamentos involucrados y de cumplimiento y aplicación obligatoria por parte de Yacimientos, para la emisión de la certificación de la producción de hidrocarburos fiscalizado”, indicó Zárate al dar lectura al artículo 10 de la Resolución, que hace referencia al cumplimiento y aplicación de resultados de los estudios.

La Resolución Ministerial N° 222 establece los procedimientos para realizar los estudios que determinan la existencia o no de reservorios compartidos entre dos o más departamentos y cuando corresponda, la aplicación de los procedimientos para la determinación y aplicación del Factor de Distribución.

Asimismo, la norma indica que, al existir indicios de reservorios compartidos, corresponde a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) contratar una firma especializada de prestigio internacional que realice ese estudio.

En ese contexto, Zárate aseguró que se exigirá el “cumplimiento obligatorio” del resultado de este estudio técnico en el marco de la Resolución Ministerial N° 222-12 del 20 de agosto de 2012, emitida por el Ministerio de Hidrocarburos y Energía.

“Ambas gobernaciones (Chuquisaca y Tarija) tuvieron su tiempo, de acuerdo a esta Resolución, para hacer las observaciones de manera fundamentada técnicamente a la consultora”, recordó la autoridad.

Lamentó que algunos dirigentes cívicos quieran enfrentar a Tarija y que apunten a confundir. En esa línea, instó a las autoridades del departamento a informar con bases técnicas y no buscar la confrontación regional.

“No es que se le está quitando algo a Tarija, sino se está dando lo que le corresponde. Este no es un tema político partidario, es un tema eminentemente técnico. Nosotros hemos tomado la decisión de seguir instancias legales y técnicas”, remarcó.

Señaló que la Resolución Ministerial N° 222 fue demandada de inconstitucional, pero el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante sentencia 0552 de 2013, resolvió declararla constitucional.

“Nosotros vamos a exigir el cumplimiento obligatorio de esta Resolución y el cumplimiento de las leyes con relación a lo que significa el tema de reservorios compartidos entre Chuquisaca y Tarija”, insistió.

Tendencias