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COED La Paz determina vacunación masiva en El Alto y mantiene 50% de aforo de locales

Los locales podrán tener aforo del 50% sin requisitos y hasta el 70% con los certificados de vacunación de los clientes.

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La Paz, 21 de julio 2021

El Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) de La Paz determinó este miércoles realizar vacunación masiva en la ciudad de El Alto el domingo 25 de julio, para contener el avance de la Covid-19, y mantener el aforo del 50% de personas en locales de actividades económicas con la posibilidad de ampliar el mismo hasta 70%, siempre que los clientes presenten certificados de vacunación.

Hay un incentivo, los locales podrán tener aforo del 50% sin requisitos y hasta el 70% con los certificados de vacunación de los clientes. “La Alcaldía de La Paz hará control si un local está por encima del 50%; haremos una inspección con nuestra app, con nuestro QR y si hay una persona que no está vacunada y si está infringiendo el 50%, ese local será clausurado”, informó el alcalde Iván Arias en una conferencia de prensa junto con el gobernador de La Paz, Santos Quispe.

Las determinaciones

Artículo 1.- En base a las consideraciones emitidas por el Servicio Departamental de Salud SEDES – La Paz y ante una eminente disminución de casos por Covid-19, se asumen las siguientes determinaciones enfocadas a la vacunación y la atención hospitalaria, mismas que son de cumplimiento obligatorio en toda la jurisdicción del Departamento de La Paz:

  1. Trabajar en el proceso de vacunación en la ciudad del Alto determinando como fecha de vacunación masiva el día domingo 25 de Julio coordinando gestiones con:
  2. Ministerio de salud.
  3. Gobierno Autónomo Departamental de La Paz.
  4. Gobierno Autónomo Municipal de El Alto
  5. Universidad Pública de El Alto.
  6. Otros
  7. Continuar con las medidas de bioseguridad colectiva tanto en los ambientes abiertos y cerrados manteniendo el aforo al 50% sin certificado de vacunación y 70% portando todo el certificado de vacunación.
  8. De acuerdo a sus competencias cada municipio deberá establecer medidas reguladoras en base a los criterios de incluyendo el cuarto principio:
  9. Aforo de locales al 50% sin certificado de vacunación y 70% portando todo el certificado de vacunación.
  10. Evitar estancias prolongadas de más de dos horas mejorando la política de filas en entidades públicas y privadas, esperas prolongadas y otras
  11. Ventilación de ambientes y uso de sistemas de extracción o circulación de aire
  12. Población vacunada (presentación del certificado de vacunas) como un documento para realizar diferentes actividades en eventos deportivos, culturales, restaurantes entre otros.
  13. Eventos deportivos, culturales y sociales de mayor conglomeración de personas se podrían realizar con un aforo del 50% para personas mayores de 18 años portando su certificado de vacunas.
  14. Transporte público sindicalizado y libre de todo el departamento debe hacer cumplir las medidas de bioseguridad a través de sus entes reguladores, sindicatos y federaciones, siendo las medidas impuestas como se:
  15. Uso obligatorio del barbijo
  16. Mantener el vehículo limpio
  17. Ventilación constante de colocado
  18. Colocado de panel impermeable separador entre el usuario y el operador
  19. Proceder a la desinfección de sus vehículos en cada parada
  20. Trabajar en el Sistema de Alerta Temprana con protocolos de contención en base a los conglomerados con promoción de las vacunas.
  21. Mantener el protocolo de aislamiento de casos positivos (Hotel Medicalziado del Deporte).
  22. Se prohíbe el consumo y expendio de bebidas alcohólicas de 00.00 hasta las 00:50 en bares, cantinas, karaoke, billares, restaurantes y todo local de entretenimiento.
  23. La restricción de circulación se llevará a cabo de acuerdo a competencias municipales, siendo la recomendación de una circulación controlada a partir de las 00:00 a 05 para evitar el consumo de bebidas alcohólicas y reuniones masivas.
  24. Trabajar en conjunto los establecimientos de primer, segundo y tercer nivel y el Comité Científico Departamental en una guía de atención de la covid-19 y ruta de atención oportuna para disminuir la cantidad de casos moderados y severos atendidos tardíamente en los establecimientos de salud de referencia.
  25. Exigir al Gobierno nacional la vacunación de niños y adolescentes de 12 a 17 años y postergar las clases presenciales hasta la vacunación al 90% de esto grupo etario

Artículo 2.- Las medidas señaladas precedentemente y otras vinculadas al funcionamiento de actividades comerciales estarán sujetas evaluación cada 14 días a partir de la emisión de la presente resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a todas las partes que conforman el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental – COED, a efectos de su fiel y estricto cumplimiento en el marco de las atribuciones y funciones.

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