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Sociedad

Decreto 4668 garantiza que empleadores no desconozcan derechos adquiridos de las y los trabajadores

“las empleadoras o empleadores no podrán menoscabar, disminuir, alterar, o diferir los derechos laborales adquiridos de las trabajadoras y los trabajadores, en contravención a las disposiciones tutelares laborales definidas en la Constitución Política del Estado y la legislación laboral vigente”.

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Foto-Trabajadores bolivianos

La Paz, 19 de febrero 2022

La ministra de Trabajo, Verónica Navia, entregó a la Central Obrera Boliviana (COB), en horas pasadas, el Decreto Supremo 4668 que garantiza los derechos adquiridos de las y los trabajadores y que los empleadores no podrán desconocer ni alterar. La entrega se realizó en el ampliado sindical que tuvo lugar en Cobija (Pando).

El artículo 4 de esta norma señala que “las empleadoras o empleadores no podrán menoscabar, disminuir, alterar, o diferir los derechos laborales adquiridos de las trabajadoras y los trabajadores, en contravención a las disposiciones tutelares laborales definidas en la Constitución Política del Estado y la legislación laboral vigente”.

En la ocasión, la Ministra de Trabajo destacó la labor del Comité Ejecutivo de la COB y “los años de lucha” de dirigentes, trabajadoras y trabajadores de base que buscaron este reconocimiento y que ahora, gracias al presidente Luis Arce esta demanda se hace realidad.

De acuerdo con el Decreto, el derecho laboral adquirido es el que se crea “bajo el mandato de una ley laboral y que ha sido incorporado al patrimonio de la trabajadora o del trabajador, no pudiendo ser arrebatado o vulnerado por el empleador”. Esto también se aplica a cualquier beneficio creado a través de contratos individuales, convenios colectivos o mediante laudos arbitrales.

Es decir, los derechos adquiridos de los trabajadores son propios de los obreros en cuanto inician un trabajo y este se rige por la Ley General del Trabajo y la Constitución Política del Estado. Estos derechos como la estabilidad laboral, la jornada de ocho horas diarias, el bono de antigüedad, aguinaldos, vacaciones y otros no pueden ser transgredidos por la parte empleadora.

A su turno, el secretario Ejecutivo de la COB, Juan Carlos Huarachi, afirmó que el Decreto 4668 no solamente es un trabajo técnico, sino también es una decisión “política” del presidente del Estado Plurinacional, Luis Arce Catacora.

“Este trabajo compañeros, no solamente es un trabajo técnico, este trabajo es decisión política de nuestro Presidente. Quiero agradecer también a nuestra Ministra de Trabajo (Verónica Navia), quien en coordinación con el Presidente ha podido trabajar y lograr este decreto”, señaló el dirigente de la máxima organización sindical del país.

Huarachi también agradeció la labor cumplida por todo el gobierno, como el de la ministra de la Presidencia, María Nela Prada  y de otras autoridades presentes en el ampliado, por hacer realidad este Decreto Supremo.

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