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Defensoría del Pueblo de Bolivia celebra sus 70 Aniversarios 

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En acto especial conjunto con la participación de la Cámara de Diputados, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y la Defensoría del Pueblo se conmemoraron los 70 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Acto donde se destacó el lenguaje constructivo, de reconocimiento de logros en un contexto de progresividad de los Derechos Humanos y de identificación de desafíos no solo sobre propuestas sino hacia nuevos y más nobles paradigmas; el Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, destacó “ los derechos humanos son dinámicos como las sociedades. No son absolutos, sino que hay que ponderarlos. Sin embargo, suele desconocerse que el Artículo 30 de la Declaración señala que nada podrá interpretarse en sentido que confiere derecho para atentar contra los derechos y libertades de terceros. Los derechos humanos tienen un componente ideológico, como demuestra el impulso a los derechos civiles y políticos por los países capitalistas y el desarrollo de los derechos económicos sociales y culturales por los Estados socialistas” dijo.

Asimismo, Tezanos Pinto, en su discurso principal recordó al escritor y periodista uruguayo Mario Benedetti que en su destacada obra “Ahora todo está claro”, concibió que cuando un presidente de los Estados Unidos se “preocupa” tanto de los derechos humanos, parece evidente que en ese caso derecho no significa facultad o atributo sino diestro o antizurdo.

Bolivia encaró un desarrollo progresivo constitucional en los contenidos de la Declaración, como los derechos a la 1) igualdad, dignidad, 2) no distinción, 3) vida, libertad, seguridad, 4) no esclavitud, 5) prevención de la tortura, 6) a la personalidad jurídica, 7) a protección, 8) a la impugnación, 9) no ser arbitrariamente detenido ni desterrado, 10) a ser oído con justicia en un debido proceso penal, 11) a la presunción de inocencia y no ser procesado sin previa ley, 12) a la privacidad, 13) libre locomoción, a migrar, 14) al asilo, 15) a la nacionalidad, 16) familia, 17) propiedad, 18) libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, 19) libertad de opinión y de expresión, 20) libertad de asociación, 21) participación política, 22) seguridad social, DESC (Derechos Económicos Sociales y Culturales), 23) al trabajo y salario, 24) descanso, 25) a la alimentación y vestimenta, salud y seguros, asistencia especial a la maternidad y la infancia, 26) a la educación, 27) cultura y autoría 28) eficacia de los derechos y libertades y 29) Deber con la comunidad. El Defensor del Pueblo expresó que “ si se remonta el análisis de la situación de los derechos humanos desde la recuperación de la democracia en Bolivia, que deviene de 1982, se puede afirmar que: hubo una progresividad encomiable, reconocida por la comunidad internacional”.

Como señalan estudios internacionales sobre la relación entre pobreza y derechos humanos, la pobreza propicia su privación sistemática. La estabilidad y el crecimiento de Bolivia fueron preponderantes para atender las necesidades de la población, sumado al desarrollo legislativo a partir de la Constitución Política de corte social del año 2009. El desafío de varios países de la región es acortar la brecha entre el encargo social de la ley y su implementación por los diferentes estamentos del Estado, como manda el Artículo 28 de la Declaración al referirse a la eficacia de los derechos y libertades.

En el epílogo de su discurso Tezanos Pinto, señaló que “ _rescatando el preámbulo de la Declaración, es necesario considerar que la libertad, la justicia y la paz tienen por base el reconocimiento de la dignidad. Es necesario rescatar la paz en todo momento porque defender la paz es defender al pueblo_” finalizó.

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