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Sociedad

Defensoría establece que las Auditorías Médicas Externas no son eficaces para acceder a la justicia

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(Infodiez-3/03/20)

La Defensoría del Pueblo estableció, mediante una investigación defensorial, que las Auditorías Médicas Externas (AME) no son un instrumento idóneo para determinar indicios de mala práctica médica y recomienda la abrogación de las normas que la pusieron en vigencia y la promulgación de una ley que sancione las acciones y omisiones negligentes de la práctica médica, tal como establece la Constitución Política del Estado (CPE).

El Informe Defensorial, “La Auditoría Médica no constituye un instrumento eficaz para garantizar el acceso a la Justicia”, advierte que va en aumento la cantidad de denuncias de mala praxis, pues sólo en el primer semestre de 2019 el Comité de Lucha contra la Negligencia Médica reportó públicamente 250 quejas en los departamentos eje del país, y que sólo dos casos de negligencia médica cuentan con sentencia.

Por contrapartida, revela que el Ministerio de Salud tiene pendientes los informes de Auditoría Médica Externa de 45 casos y que la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social (ASUSS) tiene aplazados otros 52 informes de AME.

Para la Defensoría, las Auditorías Médicas Externas son ineficaces e ineficientes para determinar indicios o evidencias de responsabilidad en posibles actos de mala práctica médica, porque en el caso de las AME el auditor se asemeja a un juez, que se desenvuelve en un proceso paralelo al de la justicia ordinaria, sin respetar los principios del debido proceso como el de imparcialidad y defensa.

Además, porque los auditores médicos externos no son expertos pues carecen de especialidad y en sus informes no determinan el daño causado ni la magnitud del mismo, puesto que sólo se basan en el expediente clínico y excluyen al paciente.  Las AME no son objeto de sanción ni control por sus informes.

Por lo apuntado, la Defensoría concluye que las AME dilatan el proceso y emiten un pronunciamiento prejuiciosamente viciado.

La intervención defensorial también advierte que la figura de la conciliación y arbitraje, establecida por la Norma Técnica de Auditoría en Salud, va en contra de la jerarquía constitucional y contraviene el Código Penal, pues intenta mediar en delitos de acción pública. Además, considera que no está funcionando el Tribunal de Ética del Colegio Médico.

Frente a este panorama, la Defensoría del Pueblo recomienda dictar una ley que sancione las acciones y omisiones negligentes en el ejercicio de la práctica médica; derogar las normas que pusieron en vigencia las Auditorías Médicas Externas, y modificar aquellas referidas al Instituto Médico de Conciliación y Arbitraje por ser contrario al Código Penal.

Pide, además, al Ministerio de Salud emitir los 45 informes sobre Auditoría Médicas Externas que tiene pendientes, y a la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social (ASUSS) que haga lo propio con los 52 que tiene paralizados.

Luego de aclarar, que las auditorías médicas son instrumentos de gran importancia para la vigilancia de la calidad y buena gestión del sistema de salud, recomienda a los Servicios Departamentales de Salud (Sedes) socializar la importancia de las auditorías médicas internas. Y aconseja al Colegio Médico de Bolivia abrir los procesos que correspondan en contra de sus colegiados acusados de infringir el Código de Ética y Deontología Médica.

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