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El Gobierno nacional es respetuoso del debido proceso contra Áñez y exjefes militares según Ministerio de Justicia

“Los problemas provocados para interferir en la audiencia virtual y el uso desmesurado de recursos procesales por la parte acusada y sus abogados, reflejan una actitud obstaculizadora y contraria al derecho constitucional a contar con decisiones judiciales en un plazo razonable y sin dilaciones”.

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Foto-Áñez con militares

La Paz, 28 de marzo 2022

El Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional afirmó este lunes que el Gobierno nacional y las entidades denunciantes del caso Golpe de Estado II, después de la suspensión del inicio del juicio oral contra Jeanine Áñez por el caso Golpe de Estado II hasta el próximo 4 de abril, son respetuosos del debido proceso y una muestra de esa afirmación es que invitaron a la oficina en Bolivia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a que realice la observación del mencionado juicio.

“Los problemas provocados para interferir en la audiencia virtual y el uso desmesurado de recursos procesales por la parte acusada y sus abogados, reflejan una actitud obstaculizadora y contraria al derecho constitucional a contar con decisiones judiciales en un plazo razonable y sin dilaciones”, señala el comunicado.

Recuerda que pese a la actitud de la defensa que busca bloquear la administración de justicia, el tribunal de este caso emitió resolución de declaratoria en rebeldía de Williams Kaliman, Vladimir Yuri Calderón, Elmer Flores Toranzo y Carlos Orellana que serán patrocinados por abogados del Servicio Plurinacional de Defensa Pública (SEPDEP).

“En respeto a la independencia judicial, exhortamos a los diferentes actores vinculados a la parte acusada a enmarcarse en el debido proceso, con relación al derecho a la defensa y en compatibilidad con el derecho del pueblo boliviano a una decisión justa, transparente y oportuna por Memoria Verdad y Justicia”, menciona.

El Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional explica que la interrupción de un juicio por razones injustificadas se constituye en delito de retardación de justicia que debe ser evitado por las partes involucradas en cada caso.

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