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El SIN actualiza valores del RAU y prorroga el plazo de trámite de certificado de No Imponibilidad

En el RAU están inscritos contribuyentes con actividades agrícolas o pecuarias, cooperativas o sucesiones indivisas dedicadas parcial o totalmente a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y piscicultura.

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Foto-Impuestos Nacionales

La Paz, 30 de septiembre 2021

Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000016, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) actualizó para la gestión 2020 el valor de las Cuotas Fijas por hectárea del Régimen Agropecuario Unificado (RAU), que entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2021.

Además, mediante la misma RND, prorrogó el plazo para la tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU, desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de la presente gestión.

La Administración Tributaria emitió la normativa sobre la “Actualización de la Cuota Fija por Hectárea del RAU–Gestión 2020”, el 24 de septiembre de 2021 difundió a través de un periódico de circulación nacional, por su página web www.impuestos.gob.bo y sus cuentas oficiales en Facebook, Twitter e Instagram.

La RND incluye la “Actualización Anexo II–Gestión 2020 Régimen Agropecuario Unificado Cuotas Fijas por Hectáreas (en bolivianos)”, con la clasificación de Zonas (Altiplano y Puna, Valles, Subtropical, Tropical) y Subzonas (por ejemplo, Norte, Central, Sur, Yungas, Chaco), además de la Cuota Anual Fija para las actividades Agrícola y Pecuaria.

En el RAU están inscritos contribuyentes con actividades agrícolas o pecuarias, cooperativas o sucesiones indivisas dedicadas parcial o totalmente a actividades de avicultura, apicultura, floricultura, cunicultura y piscicultura, y productores agrupados en organizaciones de pequeños productores.

Los pequeños productores registrados en el RAU pagan un impuesto, en una Cuota Anual, de acuerdo con la región en la que se encuentra la propiedad rural productiva y su extensión en hectáreas.

Antes de cumplir con ese pago anual, el contribuyente de este régimen tributario debe llenar el Formulario 701 RAU.

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