Economia
El SIN ajusta el Sistema de Facturación Virtual
La factura deberá emitirse a momento de su pago total o parcial o dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del periodo mensual.
La Paz, 3 de agosto 2021
Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000010, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) modificó el Numeral 1 del Artículo 42 de la RND Nº 10-0021-16 Sistema de Facturación Virtual (SFV), referido a la emisión de factura por la prestación de servicios de realización continua, sujeta a un precio fijo preestablecido, y la provisión de servicios sujetos a medición o liquidación para la determinación del importe a facturar.
La Administración Tributaria publicó este 31 de julio la RND Nº 102100000010 en un medio de comunicación de circulación nacional y en su página web www.impuestos.gob.bo, además esta normativa puede leerse en su integridad en las cuentas oficiales del SIN de Facebook, Instagram y Twitter.
En el caso de la prestación de servicios de realización continua, sujeta a un precio fijo preestablecido, la factura deberá emitirse a momento de su pago total o parcial o dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del periodo mensual (mes calendario de prestación), lo que ocurra primero; en cualquiera de los dos casos el periodo fiscal corresponderá al mes de emisión de la factura.
En la provisión de servicios continuos sujetos a medición o liquidación para la determinación del importe a facturar, la factura deberá emitirse considerando cualquiera de los siguientes aspectos, el que ocurriere primero: a) A la percepción parcial o total del pago por la prestación del servicio o; b) A la medición o liquidación, de carácter mensual, del precio a ser cobrado por el servicio provisto. En este caso se tomará como periodo fiscal el mes correspondiente a la citada medición o liquidación.
Además, la RND Nº 102100000010 incorpora el Artículo 68 bis (Emisión de Notas de Conciliación) a la RND Nº 10-0021-16, que permitirá al sujeto pasivo del Impuesto al Valor Agregado (IVA) realizar ajustes en el Débito y/o Crédito Fiscal IVA en transacciones por servicios de energía eléctrica, telecomunicaciones, agua potable e hidrocarburos.
Estas modificaciones se realizaron en el marco del Decreto Supremo Nº 4541 de 14 de julio de 2021, que modificó el Decreto Supremo Nº21530, reglamento del IVA.
-
Sociedadhace 4 días
¿Odalis está viva y en manos de secuestradores?: qué dice la última teoría
-
Deporte Bolivianohace 4 días
Juegos Bolivarianos destacaron nuevos talentos y deportes potenciales en Bolivia
-
Sociedadhace 4 días
Gobierno dice que ley para endurecer penas de violadores e infanticidas fue consensuada con oposición y espera aprobación
-
Políticahace 4 días
Presidente Arce entrega un centro cultural religioso y maquinaria pesada para El Puente
-
Mundohace 4 días
Ecuador emite reglamento para practicar la eutanasia
-
Tendenciahace 4 días
Cuándo llegarán extraterrestres a la Tierra, según la inteligencia artificial
-
Economiahace 4 días
Importación de vehículos flex fuel permitirá incrementar producción de etanol
-
Bolivianos en Argentinahace 2 días
El BNA volvió a bajar fuertemente las tasas de los créditos a MiPyMEs y grandes empresas