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Economia

El SIN garantiza continuidad de sus servicios a través de la página web y la Oficina Virtual

Los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) puedan enviar la información del Libro de Compras y Ventas (LCV), correspondiente al periodo fiscal noviembre de 2021, a través del Módulo LCV-IVA del software Facilito, en este mes de diciembre, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).

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Foto-Archivo infodiez

La Paz, 9 de diciembre de 2021.-

Ante reclamos por intermitencias presentados en sus servicios digitales, la Administración Tributaria garantiza a los contribuyentes la continuidad de la atención a través de la página web www.impuestos.gob.bo y la Oficina Virtual; además recuerda que amplió la utilización excepcional de las modalidades Computarizada SFV o manual, durante el primer mes de implementación de la facturación en línea; y  de manera opcional de la Oficina Virtual, hasta el 31 de diciembre de 2021, para emisión de facturas.

También dispuso que los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) puedan enviar la información del Libro de Compras y Ventas (LCV), correspondiente al periodo fiscal noviembre de 2021, a través del Módulo LCV-IVA del software Facilito, en este mes de diciembre, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Estas disposiciones se encuentran contempladas en las resoluciones normativas de directorio (RND)

Nº 102100000023, de 1 de diciembre de 2021; 102100000024, de 7 de diciembre de 2021; 102100000021, de 17 de noviembre de 2021; y Nº 102100000011, de 11 de agosto de 2021.

Sistema de Facturación

En este sentido, el Sistema de Facturación no sufrió inconvenientes, porque los trabajos técnicos realizados por el SIN garantizaron la continuidad de los servicios al contribuyente a través de la Oficina Virtual.

El SIN reitera que ante la presencia de dichas intermitencias, no se aplicarán multas y/o sanciones a los contribuyentes que están en adecuación a una modalidad de facturación en línea, proceso iniciado el 1 de diciembre de este año.

Asimismo, de acuerdo con la RND Nº 102100000021, los contribuyentes clasificados para migrar a una modalidad de facturación en línea, deben implementar la modalidad asignada en al menos alguno de sus establecimientos (casa matriz o sucursal), línea de negocios o tipo de servicio ofertado, según corresponda.

La implementación en sus demás establecimientos, líneas de negocios o servicios ofertados, deberá realizarse hasta el 01 de marzo de 2022.

Capacitaciones

Para este periodo de adecuación al Sistema de Facturación, la Administración Tributaria habilitó una amplia gama de productos informativos impresos y digitales, que los contribuyentes pueden consultar en la página web www.impuestos.gob.bo y las cuentas oficiales del SIN de Facebook, Twitter, Instagram y YouTube.

También lleva a cabo una serie gratuita de cursos virtuales y presenciales de capacitación sobre el Sistema de Facturación, que se realizan en horarios variados e incluso en fines de semana, para facilitar la presencia de la mayor cantidad de contribuyentes que deben migrar a una modalidad de facturación en línea.

Para obtener información sobre las capacitaciones virtuales, se debe ingresar a la página web del SIN (www.impuestos.gob.bo) y pulsar el ícono “Cronograma de Capacitación”, donde se encuentra la lista de temas, con los horarios y fechas de los cursos de capacitación.

Además, en el curso de noviembre de este año, efectuó ferias presenciales sobre el Sistema de Facturación en las ciudades de La Paz, Santa Cruz, Cochabamba y Tarija, donde se presentó la oferta de las potenciales empresas proveedoras del sistema informático de facturación y se dio a los contribuyentes capacitación sobre el tema.

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