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Economia

El SIN pública nueva lista de 3.897 contribuyentes que deben pasar a Facturación en Línea

El Artículo 10 de la RND Nº 102100000011, de 11 de agosto de 2021, dispone que el SIN establecerá periódicamente la obligatoriedad para el uso de las modalidades de Facturación en Línea: Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea.

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Facturación digital
Foto-Impuestos Nacionales

La Paz, 20 de mayo 2022

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) publicó la lista del “Tercer Grupo de Contribuyentes que Debe implementar una Modalidad de Facturación en Línea”, para comenzar a emitir Documentos Fiscales Digitales a partir del 1 de octubre de 2022 a través de la modalidad en línea asignada.

La Administración Tributaria difundió esta nómina de 3.897 contribuyentes mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102200000010, de 18 de mayo de 2022, publicada en un medio de circulación nacional y que se puede encontrar en la página web www.impuestos.gob.bo.

El Artículo 10 de la RND Nº 102100000011, de 11 de agosto de 2021, dispone que el SIN establecerá periódicamente la obligatoriedad para el uso de las modalidades de Facturación en Línea: Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea.

La Administración Tributaria comenzó la implementación de la Facturación en Línea el 1 de diciembre de 2021.

Este sistema reporta beneficios al contribuyente como el ahorro de tiempo en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias a través de Internet, reducción de costos, generación sugerida y automática del Registro de Compras y Ventas (RCV).

Además del pre-llenado de declaraciones juradas del IVA, el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Régimen Complementario al IVA (RC-IVA); evita la clonación de facturas y los errores en la transcripción de la información de los Documentos Fiscales, entre otros.

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