Cada una de las mesas de sufragio está conformadas con un mínimo de 50 y un máximo de 349 electoras y electores habilitados.
Para este proceso, el Reglamento Específico distingue la conformación de dos tipos de mesas: las multipartidarias, que registran a más de una organización política y a sus respectivos militantes; y, excepcionalmente, las mesas unipartidarias, que registran a una sola organización política y sus militantes.