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Emacruz descarta errores en el procedimiento del proceso de adjudicación del relleno sanitario

La ejecutiva indicó que el proceso de licitación para el relleno sanitario ya tiene una empresa adjudicada y se trata de la Asociación Accidental ‘Tiluchi Ingeniería y Disposición Final’ y que el procedimiento está haciendo cumplir el cronograma de plazos.

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Contratación del servicio de aseo
Foto-Contratación del servicio de aseo urbano

Santa Cruz, 12 de octubre 2022

La Empresa Municipal de Aseo de Santa Cruz (Emacruz) tiene vigente dos procesos de adjudicación para la contratación del servicio de aseo urbano y la disposición final de los residuos sólidos. Sobre este último proceso, ya se conoce la empresa adjudicataria y, según los plazos establecidos en el Documento Base de Contrataciones (DBC) que está publicado en el Sistema de Contrataciones del Estado (SICOES), los plazos están corriendo según el cronograma, así lo informó la gerente de la empresa, Andrea Hoyos.

La ejecutiva indicó que el proceso de licitación para el relleno sanitario ya tiene una empresa adjudicada y se trata de la Asociación Accidental ‘Tiluchi Ingeniería y Disposición Final’ y que el procedimiento está haciendo cumplir el cronograma de plazos. En cumplimiento a esto, ya fenecieron los tres días hábiles de impugnación, ahora se espera que la empresa accidental presente toda la documentación en físico para que la Comisión Calificadora proceda a su revisión y posterior firma de contrato, estimado para finales del mes de octubre.

La nueva empresa que se adjudique el servicio para la disposición final de los residuos sólidos de la ciudad está vigente por dos años y medio, es decir 913 días hábiles para cumplir con la tarea. Posteriormente, Emacruz alista la licitación internacional para concretar la planta de tratamiento y aprovechamiento de residuos para la industrialización de la basura.

Sobre observaciones de concejal de oposición

Respecto a las declaraciones que vertió en la jornada de ayer la concejal Lola Terrazas por supuestas irregularidades en el proceso de adjudicación del relleno sanitario, la gerente de Emacruz, lamentó que los asesores de la edil no estén realizando su labor con responsabilidad, permitiendo que la legisladora realice declaraciones de manera desinformada.

“Les ofrezco a los concejales de oposición capacitarlos en contrataciones, porque es realmente vergonzosa la información que dan a los medios de comunicación y al ciudadano. Como funcionarios públicos debemos ser responsables con la información, no se puede salir alegremente a decir cualquier cosa y faltos de conocimiento”, aseguró Hoyos.

En primer lugar, aclaró que los proponentes pueden presentar su solvencia fiscal de manera escaneada, puesto que están en la primera etapa del procedimiento. Una vez se ingrese a la fase de presentación de documentación para suscribir contrato deben hacer la presentación física de la documentación requerida según el DBC. “Está establecido en el Art. 43.-Inc. a) y b) del D.S. 181 que deberán presentar la Solvencia fiscal para trámite administrativo (escaneada del original) emitido por la Contraloría General del Estado”, refutó Hoyos, quien aclaró que desde el comienzo de este año se cambió la modalidad de las propuestas a manera electrónica.

Una vez concluido los 15 días hábiles que se les ha dado al momento de la notificación tendrán que presentar de forma física y original la solvencia fisca,l en la etapa de adjudicación”, detalló.

El otro punto que explicó, es que en el número 12 del DBC se especifica que la preparación de las propuestas debe ser elaborada conforme a los requisitos y condiciones establecidos en el documento base, utilizando los formularios incluidos en anexos y su envío será por medio de la plataforma informática habilitada en el Registro Único Proveedores del Estado (RUPE).

Respecto a las garantías, Hoyos sostuvo que el DBC establece que el proponente podrá realizar la presentación de manera física de uno de los tipos de garantía establecidos en el presente sub numeral u optar por el depósito a la cuenta corriente fiscal de titularidad del Tesoro General de la Nación (TGN) dispuesta en el presente, en reemplazo de la Garantía de Seriedad de Propuesta.

Sobre la experiencia, que también observó la edil Terrazas que supuestamente no cumple una de las empresas que forma parte la asociación accidental, Hoyos informó que en el art 17.2.2, inc. b. del DBC establece que la experiencia para asociaciones accidentales, será la suma de las experiencias individualmente declaradas por las empresas que integrarán la asociación. “Para el conocimiento de la concejal la experiencia se califica por la suma de todas las empresas, no de forma individual, descartando así la observación de la edil.

Referente al informe de la Comisión Calificadora, donde supuestamente debería ser un punto para suspender el procedimiento, la gerente de Emacruz informó que el Decreto Supremo 181 establece cuál es el contenido mínimo que debe tener una resolución de adjudicación: la nominada de participantes y precios ofertados; los resultados de la calificación y causales de rechazo y/o descalificación, si existieran. Asimismo forma parte de esta adjudicación el informe de la Comisión Calificadora que también se encuentra cargado en el Sicoes. “no se ha vulnerado en absoluto el contenido de la resolución de adjudicación” dijo.

Otro punto que fue desmentido por Hoyos fue referente a la falta de “consenso unánime” en la Comisión Calificadora, al respecto dijo que la normativa no establece que debe suspenderse el procedimiento en este caso. “Está totalmente errada la concejal, quiero explicarle que en ninguna parte de la normativa vigente, con respecto a contrataciones públicas, establece que las adjudicación de los procesos deben ser de forma unánime. La Comisión Calificadora, llegó a una determinación y al acuerdo que llegaron es que tres miembros aconsejaron la adjudicación y el cuarto se abstuvo por diferencias de criterios con el resto de la Comisión”, señaló.

Por último, la concejal pedía suspender el proceso hasta que se subsane las observaciones, a lo que Hoyos le preguntó ¿qué tipos de observaciones se van a subsanar dentro de una calificación de comisión? Ninguna. “La norma 181, en el artículo 28, sobre la cancelación del proceso establece que solo se suspenderá por caso de fuerza mayor o caso fortuito, nunca por diferencias entre los miembros de la Comisión. Los conceptos de la concejal son erróneos, hay falta de información de sus asesores, no hemos vulnerado en ningún momento la normativa”, dijo Hoyos.

La titular de Emacruz indicó que el proceso para la adjudicación del servicio de disposición final está dentro de la normativa y que los ataques solo son políticos, porque saben que el procedimiento está bien estructurado. “Por último, para aclararle a la concejal en los procedimientos de contrataciones no existen jurados calificadores, esos solo existen en los concursos de belleza. En los procesos de licitación existen las Comisiones de Calificación, entonces pido más preparación a los ediles para informar de manera correcta a la ciudadanía”, concluyó Hoyos.

SERVICIO DE ASEO URBANO ASEGURADO

Referente al Plan de Emergencia que está planificando Emacruz para asumir el servicio de aseo urbano una vez el actual operador privado cese en sus funciones; es decir, desde el 27 de diciembre, Emacruz tiene un plan de emergencia para asumir el servicio, así lo manifestó la gerente.

“Queremos decirle a la ciudadanía que no se deben preocupar, el servicio de aseo urbano está garantizado, no habrá interrupciones en el mismo, se hará seguimiento”, dijo Hoyos.

Asimismo, anunció que la apertura de sobres en el proceso de licitación para el servicio de aseo urbano a fin de conocer a los posibles proponentes será el 3 de noviembre, ya no el 27 de octubre, como estaba establecido en el cronograma de plazos anterior, puesto que se realizaron enmiendas en el DBC y las empresas proponentes solicitaron ampliar el plazo que, de acuerdo a la normativa, es de cuatro días hábiles.

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