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Economia

Emiten nuevo reglamento de identificación de vehículos de carga y buses para respaldar su nacionalización

Este reglamento consta de dos capítulos tiene una vigencia de 180 días para su aplicación y está dirigido al transporte de carga que porte seis toneladas de mercancía en adelante, al igual que a los buses u ómnibuses destinados a más de 32 pasajeros.

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Transporte interprovincial
Foto-Transporte pesado

Cochabamba, 2 de junio 2023

Con el fin de garantizar los derechos del sector transporte y como una solución a su demanda, el Gobierno Nacional a través de la Aduana emitió este jueves 1 de junio el “Reglamento de Identificación de Vehículos Nacionalizados de Transporte de Carga y Transporte de Pasajeros”, documento que respaldará la legalidad y nacionalización de un motorizado que ya circulaba en el país. Misma que estará vigente a partir del 1 de julio, previa socialización de 30 días (junio).

«Estamos hablando de 17 decretos de  Nacionalización que ha realizado el país, entre los años 1990 a 2023, estos procesos se realizaban de manera manual y en algunos casos se registraron problemas alfanuméricos (…) ahora la Aduana en este Gobierno por fin les da una solución con este Reglamento, que permitirá una revisión”, manifestó la Presidenta Ejecutiva de la Aduana Nacional Karina Serrudo.

Este reglamento consta de dos capítulos tiene una vigencia de 180 días para su aplicación y está dirigido al transporte de carga que porte seis toneladas de mercancía en adelante, al igual que a los buses u ómnibuses destinados a más de 32 pasajeros.

En ese marco, la norma establece la emisión de una identificación (documento físico) y para obtenerla el vehículo debió ser legalmente importado, nacionalizado en programas o procesos de regulación efectuados del año 1990 al 2004.

Por tanto, se identificará correctamente el número del chasis, así podrán circular sin observaciones por territorio nacional. Cabe aclarar, que no se trata de ninguna nacionalización, ni regularización.

Requisitos

Para obtener esta identificación, el interesado debe presentar:

1.- El Certificado de Registro de Propiedad del Vehículo Automotor, vigente. En caso que este documento no se encuentre a nombre del solicitante, se presentará Testimonio de Escritura Pública de transferencia o Poder Notarial otorgado por el propietario (en el que se detallen las características técnicas del vehículo), o Documentó Privado de Compra y Venta del Vehículo con una declaración voluntaria suscrito ante Notario de Fe Pública (que acredite la posesión del vehículo).

2.- Cédula de Identidad vigente del solicitante.

3.- Póliza o Declaración de Importación del medio de transporte de carga o pasajeros.

4.- Autorización de modificación de estructura de los vehículos emitida por Tránsito, si el medio de transporte ha sido modificado.

5.- Informe de Trabajo Técnico de Autenticidad y Certificación de No Robo nacional e internacional emitida por DIPROVE para la nacionalización del vehículo, en caso de observación por chasis remarcado.

6.- Certificación actualizada de no existencia de denuncia de robo nacional e internacional.

7.- Recibo Único de Pago por el monto de UFV’S 500.

Procedimiento

El interesado debe llenar el Formulario de Solicitud de Identificación, presenta en PDF los requisitos y selecciona la administración aduanera. Después debe generar un ticket de atención por número de chasis, así se le designará un técnico de la administración aduanera.

Como tercer paso se verificará todos los documentos (en caso de no existir observaciones), continuará con la verificación física del motorizado.

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