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En Bolivia el uso de barbijo es opcional en espacios abiertos  y obligatorio en espacios cerrados

“Hablando específicamente del artículo 3, se modifican las medidas de bioseguridad y prevención, en el marco de la responsabilidad personal, familiar y comunitaria se establecen las siguientes medidas de bioseguridad y prevención para la población en general: Uso de barbijo obligatorio en espacios cerrados, uso de barbijo opcional en espacios abiertos”

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Medidas de bioseguridad
Foto-Uso del barbijo

La Paz, 30 de agosto 2022

El Gobierno nacional flexibilizó de manera opcional el uso del barbijo en ambientes abiertos y recomendó que se asuman medidas en cuanto al horario laboral como parte de las medidas asumidas en el marco de la desescalada de casos COVID-19 que vive el país.

La Resolución 008 fue emitida este martes por el Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias reunido en el Ministerio de Salud y Deportes que modificó los artículos 1, 3,16 y 17 de la Resolución 007 de 29 de junio de 2022.

“Hablando específicamente del artículo 3, se modifican las medidas de bioseguridad y prevención, en el marco de la responsabilidad personal, familiar y comunitaria se establecen las siguientes medidas de bioseguridad y prevención para la población en general: Uso de barbijo obligatorio en espacios cerrados, uso de barbijo opcional en espacios abiertos”, informó el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, en conferencia de prensa dictada en La Paz.

En ese mismo artículo la medida recomienda continuar con el lavado frecuente de manos, uso del alcohol, el distanciamiento social, y evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados para la realización de actividades.

En el parágrafo 2 del mismo artículo añade que la población en general debe asumir como medida de prevención efectiva la vacunación contra la COVID-19 que es voluntaria y gratuita, en tanto el Ministerio de Salud y Deportes seguirá impulsando acciones que estén orientadas a elevar las coberturas de inmunización en los diferentes grupos etarios.

Auza explicó que la modificación del horario de la jornada laboral tendrá atribución el Ministerio de Trabajo y Previsión Social que en base al informe emitido por la cartera de Estado que dirige deberá elaborar una disposición al respecto.

En cuanto al artículo 16 referido al control de vivencia, la resolución establece en su parágrafo I: “Se amplía la vigencia de las vivencias tramitadas a nivel nacional o en el extranjero en los pagos de Pensiones presentados por Asegurados o Derechohabientes, cuyo vencimiento se produzca entre el periodo enero 2021 al 31 de diciembre de 2022”.

“Todas las medidas que estamos asumiendo hoy con el objetivo de retornar de a poco a una nueva normalidad son medidas que sobre todo tienen una base técnico científica, estamos precautelando en todo momento la salud del pueblo boliviano”, acotó la autoridad gubernamental.

El Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias, está compuesto por 11 ministerios y es una instancia consultiva y decisoria, multidisciplinaria, encargada de la articulación y coordinación interinstitucional de las políticas públicas adoptadas para la atención de emergencias en el marco de la ley.

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