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Política

Eva Copa promulgará leyes que postergan pago de créditos y uso del dióxido de cloro para tratar el COVID-19

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Alcaldesa de el Alto

(Infodiez-24/08/20)

La Presidenta de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), Eva Copa, anunció que este jueves promulgará la ley referente a la postergación del pago de créditos e intereses hasta el 31 de diciembre de 2020 a causa del COVID-19, que fue sancionado el 12 de agosto; y la ley de uso consentido del dióxido de cloro para la prevención y tratamiento del coronavirus, sancionada el 5 de agosto pasado.

La autoridad legislativa lamentó la doble moral del Gobierno transitorio de Jeanine Áñez, toda vez que no promulga las leyes sancionadas por el Legislativo que coadyuvan a la lucha contra el COVID-19; en cambio, se encarga de paralizar las normas a favor de los bolivianos, enviándolas en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a pesar de que el Órgano Ejecutivo no es proyectista y la Constitución Política del Estado (CPE) no faculta esta situación.

“Estamos esperando los plazos, una de las leyes (la de diferimiento de créditos) cumple el plazo de los 10 días hasta el miércoles y si no la promulgan la tendré que promulgar yo el día jueves, esto tiene que tomar en cuenta el Gobierno de transición, que no es el gusto de un partido o de otro, es por la necesidad que tiene la población boliviana y hay que dar respuesta”, dijo Copa, al anunciar también la promulgación de la ley de uso consentido del dióxido de cloro para la prevención y tratamiento del COVID-19 cuyo plazo vence esta semana.

Copa lamentó que el Gobierno transitorio de Áñez siga priorizando y pensando más en la campaña electoral que en el derecho a la salud que tiene la población boliviana, la cual está contemplada en la CPE, más aún cuando la cuarentena para frenar la pandemia del coronavirus no fue acompañada de políticas y planes integrales a favor de la población boliviana.

La Ley modificatoria de la norma Excepcional de Diferimiento de Pagos de Créditos y Reducción Temporal del Pago de Servicios Básicos, la misma que fue remitida al Órgano Ejecutivo para su respectiva promulgación, establece en su artículo único que: “Las entidades de intermediación financiera que operan en el territorio nacional deben realizar el diferimiento automático del pago de las amortizaciones de crédito a capital e interés y otro tipo de gravámenes del sistema crediticio nacional, desde la declaratoria de emergencia por la pandemia del coronavirus (COVID-19) al 31 de diciembre de 2020, a todos las y los prestatarios sin distinción”.

Las nomas que no fueron promulgadas y están paralizadas por el Ejecutivo son: la ley de Cumplimiento de Derechos Humanos, la ley de Estados de Excepción, la ley que promueve la donación de plasma hiperinmune por parte de personas dadas de alta luego de superar el coronavirus; la ley que obliga a las clínicas privadas a coadyuvar en la atención de personas afectadas por el virus teniendo en cuenta que los hospitales del sector publico colapsaron, la ley que regula la censura de ministros y la ley del bono contra el hambre.

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