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Economia

Gobernador promulga ‘Ley del Perdonazo’ a multas e intereses sobre el impuesto departamental

Es la oportunidad para que los cruceños se pongan al día con este descuento del 50% de la deuda.

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Santa Cruz, 23 de agosto 2021

Con el objetivo de establecer un periodo de regularización para el pago de deudas de dominio tributario departamental, el gobernador Luis Fernando Camacho promulgó el PERDONAZO TRIBUTARIO DEPARTAMENTAL mediante la LEY 225 DEPARTAMENTAL DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS DEPARTAMENTALES, aprobada por la Asamblea Legislativa Departamental. La presente ley será de gran beneficio para los cruceños y el departamento, toda vez que establece un descuento de casi el 50% del monto total de la deuda.

Orlando Saucedo, secretario de Hacienda explicó que el plazo de vigencia de esta Regularización de Deudas Tributarias Departamentales es de noventa (90) días. Esta regularización voluntaria de la deuda tributaria alcanza a todos los sujetos pasivos con deudas tributarias existentes, por concepto de los siguientes tributos:

  1. a) Impuesto Departamental a la Transmisión Gratuita de Bienes (IDTGB).
  2. b) Todas las Tasas departamentales cobradas por el Gobierno Departamental de Santa Cruz a través de sus Secretarias o Direcciones.

Las deudas correspondientes al Impuesto Departamental a la Transmisión Gratuita de Bienes (IDTGB) y tasas que comprende esta Ley, que podrán ser regularizadas solo mediante la modalidad de Pago al Contado.  Los contribuyentes y terceros responsables que se encuentren en proceso de fiscalización por la Administración Tributaria Departamental de Santa Cruz (ATD-SCZ), podrán acogerse de manera voluntaria y expresa a la presente ley de Regularización de Deudas Tributarias Departamentales pagando al contado la deuda tributaria sin consignar intereses ni multas.

Fernando Terán, director de la Agencia Tributaria Departamental indicó que los requisitos para acceder al PERDONAZO son Carta de Solicitud de Acogimiento al Programa de Regularización presentada por el sujeto pasivo o apoderado y cumplir las exigencias establecidas por el Decreto Departamental N° 254 y la Ley Departamental Nº 90.  Y para las tasas departamentales, igual la Carta de Solicitud de Acogimiento al Programa de Regularización presentada por el sujeto pasivo o apoderado y certificación emitida por el prestador del servicio departamental correspondiente, descripción de la tasa, la cantidad de tasas impagas, valor individual de tasas y el monto total de la deuda tributaria por concepto de tasas. El procedimiento de pago es sencillo y se realizará en la sucursal instalada de la COOPERATIVA JESUS NAZARENO en el edificio del Gobierno Autónomo Departamental ubicada en la Av. Omar Chávez, sostuvo.

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