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La Corte-IDH define que la reelección ‘no constituye’ un derecho humano

La opinión consultiva fue planteada por el presidente de Colombia, Iván Duque, por solicitud de la oposición boliviana, entre ellos el expresidente Jorge Quiroga, que rechazaba la reelección indefinida.

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Reelección_indefinida
Foto-Corte-IDH

Miércoles, 12 de agosto 2021

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) determinó que la reelección presidencial indefinida “no constituye un derecho” protegido por la Convención Interamericana de Derechos Humanos, como se argumentó para que mandatarios vayan a elecciones de forma indefinida.

“La prohibición de la reelección indefinida es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Carta Democrática Interamericana”, establece una de las conclusiones de la opinión consultiva.

La opinión consultiva fue planteada por el presidente de Colombia, Iván Duque, por solicitud de la oposición boliviana, entre ellos el expresidente Jorge Quiroga, que rechazaba la reelección indefinida del expresidente Evo Morales viabilizada por un fallo del Tribunal Constitución apoyado en el derecho político a la postulación establecida en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La red Gigavisión posteó en su muro de Facebook la parte conclusiva de la opinión consultiva. “La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana ni por el corpus luris del derecho internacional de los derechos humanos”, sostiene otra de sus conclusiones.

Para habilitar una cuarta postulación de Morales, el MAS alentó un referéndum para modificar la Constitución Política del Estado que solo establecía una repostulación consecutiva. Ganó el No y el partido oficialista recurrió al control constitucional para insistir en la habilitación.
El TCP dio curso a la repostulación.

Morales ganó las elecciones e inició su primer mandato en 2006, pero lo acortó en 2009 para adecuar la gestión a la nueva Constitución Política del Estado, aprobada ese año. Una vez ganó su segunda elección, se entendió como si fuera la primera porque regía una nueva Carta Magna y nuevas reglas.

Así que estaba habilitado para volver a postular en las elecciones de 2014, como ocurrió. Ganó esas justas y poco después se inició el proceso para perfilar su candidatura en 2019, como también pasó. Sin embargo, la situación pre y post electoral fue distinta a los anteriores procesos.

Se había empezado a denunciar un fraude electoral. La Organización de Estados Americanos (OEA) denunció irregularidades que agravaron una crisis social que acabó obligando a Morales a renunciar en medio de las protestas, un motín policial y al “sugerencia” militar de renuncia.

“La habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y Declaración Americana de los Derechos Humanos y Deberes del Hombre”, establece la tercera y última opinión de la Corte-IDH.

En junio, el ministro de Justicia, Iván Lima, aseguró que la sentencia constitucional 084/2017, que habilita en forma indefinida la reelección presidencial, ya no está vigente en Bolivia.

“Si la Corte (IDH) nos dice (que) no hay reelección indefinida, nosotros les diremos gracias por su opinión, pero en Bolivia ya está resuelto este problema», sostuvo en ese entonces Lima.  //La Razón

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