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La Gestora da respuesta a los trabajadores de la empresa minera de Colquiri

Los aportes de todos los Asegurados, sean estos jubilados o aportantes, únicamente pueden ser invertidos en títulos valores, ya sean de carácter público o privado, que cumplan criterios de calificación de riesgo, rentabilidad y cumplimiento normativo para ser catalogados como títulos valores admisibles de inversión.

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Gestora Pública
Foto-Atención en la Gestora Pública

La Paz, 29 de septiembre 2022

En virtud a las declaraciones realizadas por trabajadores de la empresa minera Colquiri, en el sentido de que la Gestora no da la “garantía de administrar los aportes de los trabajadores”, es importante manifestar, para tranquilidad de la población y de los mismos trabajadores de la mencionada empresa, los siguientes aspectos:

La Gestora, es una Empresa Pública Nacional Estratégica de Ahorro Previsional, que cumple los preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE), que en el artículo 45, parágrafo II, dispone que la dirección y administración de la Seguridad Social de Largo Plazo le corresponde al Estado, y, en el parágrafo VI, determina que estos servicios no podrán ser privatizados ni concesionados.

Por otra parte, de acuerdo al artículo 6 de la Ley N° 065, los Fondos del Sistema Integral de Pensiones se constituyen como un patrimonio autónomo y diverso del patrimonio de la Entidad que los administra, son indivisos, imprescriptibles e inafectables por gravámenes o medidas precautorias de cualquier especie y sólo se pueden disponer de conformidad a la presente Ley; por lo cual, las ganancias y la rentabilidad de los Aportes son únicamente destinados a los propios fondos, debiendo las mismas ser invertidas para generar beneficio a favor de todos los Asegurados.

De tal modo que los aportes de todos los Asegurados, sean estos jubilados o aportantes, únicamente pueden ser invertidos en títulos valores, ya sean de carácter público o privado, que cumplan criterios de calificación de riesgo, rentabilidad y cumplimiento normativo para ser catalogados como títulos valores admisibles de inversión.

Respecto a los niveles de control y transparencia a los que se sujetará la Gestora, se debe resaltar que al ser una entidad de carácter público, no actúa a libre albedrío ya que está supervisada por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) que, periódicamente, es informada acerca de todos los movimientos financieros que realiza la empresa pública; a ello se suma también que está sujeta a la fiscalización de la Contraloría General del Estado (CGE); además, anualmente, la Gestora debe realizar Rendiciones Públicas de Cuentas, difundir los Estados Financieros de la empresa y de los fondos bajo su administración, remitiendo los mismos; tanto al órgano Ejecutivo como al Legislativo. A su vez se incluye la fiscalización por parte del Control Social, reconocido por la CPE, artículo 241, parágrafo II, que establece que la sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales.

Todos estos mecanismos de control garantizan que la Gestora realizará un manejo adecuado de los recursos; sólido y confiable, con un modelo de calidad orientado a la mejora continua y la aplicación de tecnología de última generación para beneficio de los asegurados, jubilados y población en general.

También se debe recordar que la Gestora, como administradora del Sistema Integral de Pensiones, a diferencia de las actuales AFP, únicamente percibirá la Comisión de 0,5% del Total Ganado o Ingreso Cotizable en el pago de Contribuciones. Asimismo, en el caso de obtener utilidades, estas serán destinadas al Fondo Solidario y al Fondo de la Renta Universal de Vejez, en beneficio de los asegurados y de la población adulto mayor.

Por otra parte, la dirigencia de la mencionada empresa minera aseveró que en el ampliado de la Central Obrera Boliviana (COB) se emitió una Resolución de rechazo a las socializaciones que está llevando adelante la Gestora para dar a conocer los alcances y características de los regímenes Contributivo y Semicontributivo que serán administrados, en su totalidad, desde mayo 2023; en tal sentido, se hace necesario aclarar que en el punto 6 de la mencionada Resolución, aprobada en el ampliado de referencia, se puntualizó de forma explícita que: “en el caso de la Gestora Pública, los trabajadores exigimos a la Gerencia General baje a informar y a recibir los planteamientos que harán los dirigentes y las bases respectivamente, para un buen y mejor manejo de esta institución que ahora es netamente nacional y de los trabajadores”, desvirtuándose la equivocada aseveración de rechazo a las socializaciones.

Finalmente, invitar a los trabajadores mineros de Colquiri a entablar un diálogo abierto que permita disolver sus dudas, ya que hasta la fecha la Gestora ha realizado más de 40 reuniones de socialización con organizaciones sociales, con entes matrices de los sectores de fabriles, jubilados, autoridades originarias, entre otras, con una participación de 1.200 trabajadores, respondiendo a cabalidad el mandato establecido en el ampliado de la COB.

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