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Economia

La Gestora iniciará actividades de forma total a partir de mayo de 2023

Decreto Supremo determina como inicio parcial de actividades hasta los siguientes doce (12) meses computados desde la fecha de publicación del mismo, a partir de la cual la Gestora comenzará con el aseguramiento al SIP de nuevos trabajadores dependientes e independientes, que no se encuentren registrados en ninguna Administradora de Fondos de Pensiones.

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Gestora Pública de la Seguridad Social
Foto-Renta Dignidad

La Paz, 13 de mayo de 2022

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas informa a la opinión pública que el Gobierno Nacional promulgó el Decreto Supremo N° 4585, de 15 de septiembre de 2021, el cual establece los plazos para el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora) en los Regímenes Contributivo y Semicontributivo del Sistema Integral de Pensiones (SIP).

Dicho Decreto Supremo determina como inicio parcial de actividades hasta los siguientes doce (12) meses computados desde la fecha de publicación del mismo, a partir de la cual la Gestora comenzará con el aseguramiento al SIP de nuevos trabajadores dependientes e independientes, que no se encuentren registrados en ninguna Administradora de Fondos de Pensiones.

Asimismo, el Decreto Supremo establece como Inicio Total de actividades el mes de mayo de 2023, plazo máximo en el cual la Gestora debe contar con la capacidad tecnológica, operativa y de infraestructura a nivel nacional, en zonas urbanas y rurales, para continuar prestando servicios a los Asegurados del SIP de forma ininterrumpida, eficiente y oportuna

Respecto a la Renta Dignidad, señalar que las fuentes de financiamiento de este beneficio se encuentran establecidas en la Ley N° 3791 de 28 de noviembre de 2007 y el Decreto Supremo N° 29400 de 29 de diciembre de 200, recursos que permiten garantizar el pago de dicho Beneficio.

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