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La vigencia del Carnet de Vacunación no debe ser causal de despido

“La aplicación de las disposiciones contenidas en los decretos supremos señalados, no significa la disminución de los derechos laborales de las y los trabajadores dependientes, mucho menos podrán ser aplicados como causal de desvinculación”.

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Foto-Archivo infodiez

La Paz, 4 de enero 2022

El Ministerio de Trabajo informó este martes que la aplicación de los decretos supremos 4640 de ampliación de las medidas de bioseguridad hasta el 30 de junio del presente año y del 4641 que pone en vigencia el Carnet de Vacunación contra el Covid-19 respectivamente, no significa la disminución de los derechos laborales de las y los trabajadores y mucho menos ser causal de despido.

“La aplicación de las disposiciones contenidas en los decretos supremos señalados, no significa la disminución de los derechos laborales de las y los trabajadores dependientes, mucho menos podrán ser aplicados como causal de desvinculación”, señala el artículo 2 del Comunicado 001/2022 emitido este martes por la cartera de Trabajo.

El documento señala que los decretos anteriormente mencionados, el 4640 y 4641 de 22 de diciembre de 2021, son de cumplimiento obligatorio en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia desde el 1 de enero de 2022.

Asimismo, el Comunicado informa que quienes, por motivos personales y otras causas e incluso por desinformación, no se hubieran vacunado, deben cumplir con la presentación de la prueba RT-PCR, con el plazo establecido de 48 horas de anticipación.

Finalmente, el legajo recuerda que continúa en vigencia el permiso de dos horas para que las y los trabajadores puedan acceder a la vacunación gratuita contra el Covid-19.

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