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Economia

Régimen Simplificado está exento de emitir factura y Facturación en Línea

En reiteradas oportunidades el SIN explicó que los gremiales, artesanos y vivanderos registrados en el Régimen Simplificado mantienen su actual condición tributaria, sin ninguna variación y según dispone la normativa del sector.

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Facturación
Foto-Impuestos Nacionales

La Paz, 26 de febrero 2022

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) volvió a reafirmar que los contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado (RTS) no emiten factura; por tanto, tampoco están incluidos en ninguna modalidad de Facturación en Línea, tal como declaró, equivocadamente, este viernes un dirigente gremial en Cochabamba.

La Administración Tributaria también recordó que las tres nuevas modalidades de Facturación en Línea (Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea) solo son para contribuyentes clasificados en el Régimen General.

De acuerdo con reportes de medios de comunicación, el dirigente gremial René Limachi manifestó este viernes su sorpresa porque su sector debía implementar el Sistema de Facturación en Línea.

Sin embargo, en reiteradas oportunidades el SIN explicó que los gremiales, artesanos y vivanderos registrados en el Régimen Simplificado mantienen su actual condición tributaria, sin ninguna variación y según dispone la normativa del sector.

El Régimen Tributario Simplificado fue instituido mediante el Decreto Supremo Nº 24484, de 29 de enero de 1997, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños contribuyentes en las actividades de comercio minorista, artesanía y vivanderos, de acuerdo con su capacidad económica.

Sistema de Facturación en Línea

La Administración Tributaria publicó en agosto de 2021 la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011, con el objetivo de reglamentar el Sistema de Facturación en Línea, que entró en funcionamiento el 1 de diciembre de 2021.

El Sistema de Facturación en Línea implementó las modalidades de facturación Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea; y mantiene vigentes las facturaciones Manual, Prevalorada y Computarizada (SFV).

En este contexto, los contribuyentes del Régimen General, clasificados mediante las Resoluciones Normativas de Directorio (RND) Nº 102100000012 y Nº 102100000013, del 11 y 27 de agosto de 2021, deberán emitir Documentos Fiscales a través de la modalidad de Facturación en Línea asignada, en todos sus establecimientos, líneas de negocios y servicios, a partir del 1 de marzo de 2022.

Tomando en cuenta que estos contribuyentes tuvieron varios meses para implementar sus Sistemas Informáticos de Facturación a la modalidad de Facturación en Línea asignada, la Administración Tributaria descartó una ampliación de dicho plazo.

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