Economia
Trabajo recibe denuncias por incumplimiento del pago retroactivo del incremento salarial
Las denuncias deben ser presenciales o a través de una tercera persona como el dirigente sindical o alguien que esté acreditado como representante del trabajador afectado. En consecuencia, el Ministerio de Trabajo, a través de sus inspectores, emitirá citaciones a audiencias de conciliación o planificará un verificativo a la empresa denunciada.

La Paz, 4 de junio 2024
Desde el lunes 3 de junio, el Ministerio de Trabajo empezó a recibir denuncias por incumplimiento del pago retroactivo, a enero, del incremento salarial. La Jefatura Departamental de Trabajo Pando recibió dos y La Paz una.

La información fue dada a conocer por la ministra de Trabajo, Verónica Navia, quien dijo que el plazo para el pago del retroactivo al incremento salarial 2024 venció el pasado viernes 31 de mayo.
“Ayer (lunes) empezamos a recibir denuncias. Son muy pocas, podemos decir que se registraron dos en Pando y una en La Paz. Efectivamente el plazo para pagar el retroactivo venció el viernes”, señaló la autoridad.
Explicó que las denuncias deben ser presenciales o a través de una tercera persona como el dirigente sindical o alguien que esté acreditado como representante del trabajador afectado. En consecuencia, el Ministerio de Trabajo, a través de sus inspectores, emitirá citaciones a audiencias de conciliación o planificará un verificativo a la empresa denunciada.
“Directamente las denuncias deben hacerse al Ministerio de Trabajo, a las nueve jefaturas departamentales o a las 15 regionales. En el eje troncal, es decir, en las jefaturas de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, la atención es de 12 horas, de 7:30 a 19:30 de la noche, sin interrupción”, destacó.
Navia también explicó que las empresas que incumplan con el pago de este beneficio deben pagar una multa al Ministerio de Trabajo por infringir una ley social, además del retroactivo al trabajador denunciante.
La autoridad aclaró que el plazo para que los empleadores presenten los documentos y planillas que certifiquen el pago retroactivo del incremento salarial, es hasta el 30 de junio como establece la Resolución 521/24.
Esta Resolución reglamenta la aplicación del Incremento salarial en el sector privado para todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado, cuya base de negociación es del 3% al salario básico, lo que no impide que se establezcan porcentajes superiores de incremento, sostuvo la autoridad.
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