Política
Jhonny Fernández asegura que UCS no perderá su personería y apela al caso Pan-Bol
“Nosotros tenemos que participar. No se olviden lo que pasó con Pan-Bol: perdió en las nacionales con menos del 3 %, pero participó en las elecciones subnacionales. Hay una jurisprudencia”.

Santa Cruz, 16 de septiembre 2025
El alcalde de Santa Cruz de la Sierra anunció que presentarán una apelación una vez reciban la notificación formal del TSE. Aseguró que su partido participará en las elecciones subnacionales.
“Nosotros tenemos que participar. No se olviden lo que pasó con Pan-Bol: perdió en las nacionales con menos del 3 %, pero participó en las elecciones subnacionales. Hay una jurisprudencia”, afirmó el alcalde de Santa Cruz de la Sierra y líder de Unidad Cívica Solidaridad (UCS), Jhonny Fernández, al anunciar que su partido apelará la determinación del Tribunal Supremo Electoral (TSE), una vez recibida la notificación formal.
Fernández cuestionó los cambios en el reglamento electoral y aseguró que el partido tiene derecho a accionar legalmente. “El reglamento de la anterior elección no es el mismo que el de esta; le han cambiado muchas cosas. Eso significa que los partidos tenemos el derecho de apelar, accionar como corresponde, reclamando nuestros derechos”, señaló.
El pasado 27 de agosto, el vocal del TSE, Gustavo Ávila, informó que Acción Democrática Nacionalista (ADN) y Unidad Cívica Solidaridad (UCS) perderán su personería jurídica por no haber alcanzado al menos el 3 % de la votación en las elecciones generales del 17 de agosto.
“Vamos a notificar al partido político porque eso es lo que corresponde, con la pérdida de la personería jurídica», indicó entonces Ávila a los medios. Agregó que la resolución ya fue aprobada por el Órgano Electoral, aunque las organizaciones políticas tienen la posibilidad de apelar.
Fernández indicó que UCS aguardará la notificación oficial. “Esperemos que nos notifiquen y vamos a accionar lo que corresponda, legalmente y de acuerdo con lo que establece la Ley de Organizaciones Políticas y el reglamento que aún está vigente”, afirmó.
De acuerdo con el artículo 58, inciso b, de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas, una de las causales para la cancelación de la personería jurídica de un partido es “no haber obtenido al menos el tres por ciento (3 %) del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron”.
En las elecciones generales del 17 de agosto, UCS obtuvo 89.253 votos, lo que representa solo el 1,67 % del total.

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