Economia
Empleados que no recibieron el aguinaldo pueden presentar sus denuncias en el Ministerio de Trabajo desde el lunes
“Invitamos a todos los trabajadores afectados en su derecho por la falta de pago del aguinaldo que se aproximen a las nueve direcciones departamentales que tenemos en el país donde vamos a atender las denuncias y orientar cómo hacer para que se realice el pago del segundo aguinaldo, que es la sanción correspondiente”.

La Paz, 21 de diciembre 2022
Los trabajadores que no recibieron el aguinaldo de Navidad pueden presentar sus denuncias desde el lunes ante las jefaturas departamentales y regionales del Ministerio de Trabajo, tras cumplirse el plazo de pago del beneficio el viernes 20 de diciembre.
“Invitamos a todos los trabajadores afectados en su derecho por la falta de pago del aguinaldo que se aproximen a las nueve direcciones departamentales que tenemos en el país donde vamos a atender las denuncias y orientar cómo hacer para que se realice el pago del segundo aguinaldo, que es la sanción correspondiente”, afirmó el ministro de Trabajo, Erland Rodríguez.
Señaló que las denuncias también se pueden presentar en las oficinas regionales.
Luego de recibir las denuncias, el Ministerio de Trabajo enviará inspectores para verificar el incumplimiento o llamar a citación a los empleadores para que cumplan con el beneficio.
El 20 de diciembre fue la fecha límite para que los empleadores paguen a los trabajadores el aguinaldo de Navidad, tanto en el sector privado como en instituciones públicas. Las empresas e instituciones que incumplieron con el derecho laboral en la fecha establecida serán sancionadas con el pago doble del aguinaldo y son pasibles a una multa por infracción a la ley social.
El ministro recordó que el aguinaldo de Navidad por ningún motivo debe ser pagado en su integridad y no en especie, no es susceptible de retención, descuento por impuestos o aportes.
Son beneficiarios del aguinaldo todos los empleados que trabajaron como mínimo tres meses y los obreros, un mes.
El pago del aguinaldo es equivalente a un mes de salario completo, sin embargo, cuando el dependiente no haya trabajado los doce meses completos su pago se realizará por duodécimas en proporción al tiempo trabajado en la gestión.
Además, los empleadores deben presentar un ejemplar de las planillas del pago de este beneficio ante el despacho de Trabajo hasta el lunes 30 de diciembre, a través de la Oficina Virtual de Trámites (OVT) vía Internet.
El incumplimiento en la presentación de dichas planillas ameritará la imposición de sanciones respectivas, señala el instructivo.

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