Política
Decreto viabiliza “emisión automatizada” de cédulas de identidad y licencias para conducir
Para acceder a este servicio, el usuario deberá ser mayor de 18 años; contar con registro biométrico y firma digitalizada en la última otorgación de su Cédula de Identidad y no tener ninguna observación ni trámite de saneamiento pendientes en el Servicio General de Identificación Personal (Segip).

La Paz, 3 de abril 2024
Los bolivianos accederán a la “emisión automatizada” de la cédula de identidad y de la licencia para conducir en caso de reposición o duplicado, como parte de la política destinada a desburocratiza, modernizar y ampliar el acceso a estos documentos.
El decreto 5140 dispone la emisión automatizada de ambos documentos y establece que la aprobación de la reglamentación para este nuevo servicio debe darse hasta el 1 de noviembre próximo.
Se implementará “la emisión documental automatizada de la Cédula de Identidad – C.I., a través del sistema ‘Estado Digital ED-10’, con una dimensión de 5,4 centímetros de alto por 8,5 centímetros de ancho en material Policloruro de Vinilo – PVC recubierto con lámina plástica, cuyo contenido está establecido en el Decreto Supremo Nº 4861, de 11 de enero de 2023 y diseño en el Decreto Supremo Nº 4924, de 26 de abril de 2023”, prevé el artículo 2.
La Cédula de Identidad, emitida de manera automatizada, podrá ser obtenida en casos de reposición, por lo que tendrá la misma vigencia y validez del documento reemplazado.
Para acceder a este servicio, el usuario deberá ser mayor de 18 años; contar con registro biométrico y firma digitalizada en la última otorgación de su Cédula de Identidad y no tener ninguna observación ni trámite de saneamiento pendientes en el Servicio General de Identificación Personal (Segip).
La emisión documental automatizada de la Licencia para Conducir también se lo hará a través del sistema «Estado Digital ED-10».
Para acceder a la emisión automatizada de la Licencia para Conducir, el usuario debe contar con registro biométrico en la última otorgación de su Cédula de Identidad y no tener ninguna observación pendiente ni restricciones registradas en el Segip.
Con la aprobación del decreto no se excluye la opción de realizar el trámite de reposición de Cédula de Identidad o duplicado de Licencia para Conducir en las oficinas nacionales del Segip.

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