Sociedad
Fiscalía iniciará proceso penal contra personas que obstaculicen el trabajo del Ministerio Público

(Infodiez-01/11/19)
El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, criticó la actitud de pequeños grupos vandálicos que pretendieron obstaculizar el ingreso del personal del Ministerio Público en diferentes instalaciones del país y señaló que, de acuerdo a normativa legal vigente, se iniciarán los procesos penales necesarios en contra de los que atenten al normal funcionamiento de la institución.

“Grupos movilizados han impedido el ejercicio normal de las funciones tanto de la Fiscalía General como también de la Fiscalía Departamental de Chuquisaca, Santa Cruz, Potosí y otros, donde no se dejó ingresar a los servidores públicos cayendo en el ilícito de Obstaculización a la Justicia. No vamos a permitir la interrupción de la labor que lleva adelante el Ministerio Público, vamos a tomar las acciones correspondientes conforme a norma con el fin de garantizar a todos los bolivianos el derecho constitucional del libre acceso a la justicia”, dijo Lanchipa.
El Ministerio Público cumple la función constitucional de ejercer la acción penal en todo el país, misma que no puede ser paralizada ni obstaculizada bajo ningún fundamento; por esta razón, de acuerdo a normativa vigente, se iniciarán los procesos penales que sean necesarios a todas aquellas personas que atenten contra el normal funcionamiento de las dependencias a nivel nacional.
De acuerdo a la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” Nº 004, en su Art. 32 el que cometiera el delito de Obstaculización a la Justicia tendrá una privación de libertad de tres a ocho años, “se agravará la sanción en una mitad a quienes utilicen la fuerza física, amenazas o intimación para obstaculizar el cumplimiento de las funciones oficiales de jueces, fiscales, policías y otros servidores”.
Asimismo, la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 260 en su Art. 4 inc. II señala que “el Ministerio Público ejercerá sus funciones de manera ininterrumpida durante las veinticuatro horas del día, incluyendo domingos y feriados”, y en su Art. 8 Inc III. Señala “La acción penal pública no se puede suspender, interrumpir o hacer cesar, salvo en los casos y bajo las formas expresamente previstas por la Ley”.
Lanchipa dijo que con estas actitudes solo se cuarta el derecho a la justicia de las partes procesales de una investigación como son las víctimas e investigados, por ello exigió “no alentar acciones violentas ni de confrontación entre compatriotas y exhortamos a la sociedad en su conjunto sumarse a recuperar la paz y tranquilidad en nuestro país”.
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