Sociedad
El 2021 la fiscalía atendió 46.774 casos de violencia a nivel nacional
Durante la gestión 2021, del 100 % de los casos ingresados por hechos tipificados como delitos consignados en la Ley N° 348, la mayor incidencia está en el departamento de Santa Cruz con 17.831, seguido de La Paz 9.293, Cochabamba 6.800, Tarija 3.749, Potosí 3.140, Chuquisaca 2.540, Beni 1.659, Oruro 1.305 y Pando 427.
Chuquisaca, 3 de enero 2022
El Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa Ponce, informó hoy que a través de la Fiscalía Especializada en Delitos en Razón de Género y Juvenil durante la gestión 2021 se registraron 46.774 casos relacionados con delitos de la Ley Nº 348 (Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia), el principal hecho delictivo fue la Violencia Familiar o Doméstica con 37.613 casos, todos los hechos fueron atendidos por el Ministerio Público a nivel nacional.
“Para la atención de todos los casos, la Fiscalía Especializada en Delitos de Razón de Género y Juvenil ejerce el control y seguimiento, de forma que los Fiscales de Materia especializados realicen una investigación estratégica e inteligente, cumpliendo estándares internacionales no solo de cara al fenómeno criminal si no de cara a la víctima en la búsqueda de la no revictimización, con la disposición de medidas de protección pertinentes a favor de la víctima y la debida diligencia en resguardo de sus derechos”, explicó Lanchipa.
El delito principal es la Violencia Familiar o Doméstica con 37.613 casos, luego está el Abuso Sexual con 2.638, Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente 2 078, Violación 2.249, Estupro 1.548, Acoso Sexual 217, entre otros.
El Ministerio Público realiza la atención e investigación de los casos en apego a la Ley N° 348 que establece mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, protección, atención y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para vivir, aspecto que va en concordancia con la Ley N° 1173 (Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños y Adolescentes y Mujeres), que tiene como objetivo el procurar la pronta y oportuna resolución de los conflictos penales, fortalecer la lucha contra la violencia a niñas niños, adolescentes evitando el retardo procesal y el abuso de la detención preventiva y posibilitando la efectiva tutela judicial de las víctimas.
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