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La clausura del año escolar es una vulneración del Derecho a la Educación

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Colegios particulares

(Infodiez-3/08/20)

La Defensoría del Pueblo manifiesta su profunda preocupación respecto al anuncio realizado por el Gobierno transitorio de la Presidenta Jeanine Añez sobre la clausura de la Gestión Educativa 2020 para el Subsistema de Educación Regular en los niveles de educación inicial, primaria y secundaria

En el contexto de la pandemia por la COVID-19 y la disposición de cuarentena como medida de prevención para la propagación del virus, a nivel mundial se han suspendido las actividades educativas presenciales afectando de forma diferenciada el acceso a la educación por las condiciones que se han diseñado y los planes de contingencia emprendidos en los diferentes países, que han activado el uso de métodos de educación no presencial como la educación a distancia y educación virtual para garantizar el derecho a la educación.

En nuestro país, sin embargo, desde el 12 de marzo, fecha en la que se suspendieron las actividades educativas a nivel nacional, el Gobierno transitorio ha omitido encarar procesos de planificación estratégica para garantizar el acceso a la educación en el contexto de la pandemia, con la participación plena y efectiva de la comunidad educativa, que se ha visto vulnerada en su derecho a participar y que ha derivado en la actual crisis de la educación y afectación inmensurable al ejercicio de este derecho fundamental. Aproximadamente, después de tres meses desde la suspensión, el Gobierno transitorio emitió el Decreto Supremo Nº 4260 que refleja esta situación, la improvisación sobre esta función suprema del Estado y el desconocimiento de la realidad de las familias bolivianas sobre acceso al servicio de electricidad, tecnologías de la información y servicio de internet.

La Defensoría del Pueblo, considera que la decisión de clausurar el año educativo constituye una vulneración al derecho a la educación, en sus componentes de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad, contenido en la Constitución Política del Estado e instrumentos internacionales parte del bloque de constitucionalidad del Estado, por los cuales tiene obligaciones de respetar, proteger y realizar, y que están siendo omitidas.

La educación constituye función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla. La clausura anticipada materializa el incumplimiento al deber de gestionarla de manera adecuada como derecho fundamental de la población en edad de recibirla.

La Institución Defensorial ha exhortado, recordado, solicitado y requerido al Órgano Ejecutivo a asumir una política integral, concreta y acorde a nuestra realidad para evitar vulnerar el derecho a la educación de calidad y en condiciones de igualdad y no discriminación de todos los niños, niñas y adolescentes y de toda persona que la recibe en cualquiera de los subsistemas de educación del Sistema de Educación Plurinacional; recordándole que lo contrario sería incurrir en una franca vulneración de derechos y en tipos penales por parte de las autoridades competentes. Lamentablemente, a la fecha no tuvo ninguna respuesta y, únicamente, concluyó con esta decisión arbitraria, ilegal y vulneradora de la Constitución Política del Estado.

La Defensoría del Pueblo exige al Órgano Ejecutivo que a la brevedad designe a personal idóneo para asumir la responsabilidad, en todo el Sistema Plurinacional de Educación, de diseñar e implementar de forma participativa y consensuada con la comunidad educativa, una política de contingencia, integral, responsable y transparente para garantizar el acceso a la educación universal, de calidad y en condiciones de igualdad y sin discriminación.

Asimismo, considerando que, únicamente, hasta el 12 de marzo de 2020 se desarrollaron las actividades educativas en el marco de la currícula, la Institución Defensorial exige al Gobierno transitorio que implemente antes del inicio de la gestión educativa 2021 planes de nivelación académica en condiciones de igualdad para la población estudiantil, que a la fecha se ve afectada por esta decisión y que denota la incapacidad e irresponsabilidad del Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación, Deportes y Culturas, para gestionar el sistema de educación plurinacional.

La Defensoría del Pueblo se encuentra expectante y hará el seguimiento respectivo al instrumento legal con el cual se formalizará este anuncio, que debe contener las obligaciones y plazos para la planificación estratégica de nivelación académica 2020, garantizar la equidad digital y acceso igualitario a tecnologías de la información y servicio de electricidad e internet en coordinación con las entidades territoriales autónomas; la regulación sobre el pago de pensiones en unidades educativas del sector privado; asimismo, la política educativa para la gestión 2021 que contemple mecanismos para el acceso a la  educación de calidad y sin discriminación, así como la prevención de la propagación de la pandemia,  en las modalidades presencial, virtual y a distancia.

La decisión de la clausura anticipada del año escolar no debe omitir el pronunciarse de manera formal respecto a la situación de unidades educativas privadas, su funcionamiento, pago de pensiones y la situación laboral de sus dependientes, aspecto que provocaría inseguridad jurídica, ambigüedades y acciones arbitrarias y vulneratorias de derechos en este sector.

La Defensoría del Pueblo manifiesta, como lo hizo sobre la política  liberal que se pretendió implantar con el D.S. 4260, que este nuevo escenario de cierre de la gestión educativa no debe emular las nefastas practicas neoliberales y dejar en desprotección a las y los maestros de las unidades educativas privadas; asimismo debe garantizar el servicio de educación privada, por lo que el Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Deportes y Culturas, debe asumir su rol como ente rector nacional en la temática y las consecuencias de una decisión consecuente de su falta de capacidad técnica, de participación y planificación.

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