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Política

Siete cosas que necesitas saber sobre el cómputo oficial

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Elecciones generales 2020

La Paz, 6 de marzo de 2021

El cómputo oficial es la única instancia legal para dar resultados oficiales, es vinculante y, en definitiva, será el mecanismo que define la elección de los gobernadores, alcaldes y autoridades regionales. El Acta de tu mesa será publicada en la página https://computo.oep.org.bo y podrás verificar que todos los datos estén correctos. La página estará disponible las 24 horas del día.

  1. ¿Puedo observar el escrutinio y recuento de votos?

 

Sí. El escrutinio es un acto público. Pueden asistir todos los ciudadanos que lo deseen.

  1. ¿Puedo tomar fotografías del acta electoral?

Sí, puedes tomar fotografías del Acta, es tu derecho y puedes enviar tu fotografía a las diferentes plataformas ciudadanas de control electoral.

  1. ¿Cómo puedo verificar que el Acta de mi mesa haya sido correctamente procesada?

Guarda tu fotografía en la memoria de tu teléfono y aguarda el avance del cómputo oficial. El Acta de tu mesa será publicada en la página https://computo.oep.org.bo y podrás verificar que todos los datos estén correctos. La página estará disponible las 24 horas del día.

  1. ¿Cuál es la importancia del cómputo de votos?

El cómputo oficial es la única instancia legal para dar resultados oficiales, es vinculante y, en definitiva, será el mecanismo que define la elección de los gobernadores, alcaldes y autoridades regionales.

  1. ¿Cuándo y cómo puedo seguir el cómputo de votos?

Cada Tribunal Electoral Departamental iniciará el cómputo oficial a medida que lleguen las actas de todos los recintos. Tú puedes seguir los detalles a través los canales de Facebook Live y Youtube que habilitarán los tribunales departamentales.

  1. ¿El TSE está obligado a realizar “conteos rápidos de votos”?

No. La ley electoral no establece obligación para el Tribunal Supremo Electoral de hacer conteos rápidos o preliminares. En esta oportunidad, ese trabajo es desarrollado por medios de comunicación y empresas especializadas (Art. 127 y 128 de la Ley N°026).

  1. ¿Cuándo se conocerán los resultados definitivos?

La Ley Electoral establece siete días de plazo para que se conozcan los resultados oficiales, salvo que exista alguna anulación. Sin embargo, la voluntad de los Tribunales Electorales Departamentales es entregar los resultados en el plazo más breve posible.

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