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Consejo Municipal de La Paz, censuro a 15 autoridades municipales, pide a Arias destituirlas

“No se presentaron al acto interpelatorio, por ello, en sesión del Concejo Municipal 015/24 esta instancia fiscalizadora -en el marco de los art 24 y 25 de la ley de Fiscalización 499- se pronunció con el voto y determinación de los miembros por la censura con falta de confianza de las autoridades del Órgano Ejecutivo Municipal porque no estuvieron presentes”.

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Destitución municipal
Foto-Consejo Municipal de La Paz

La Paz, 21 de marzo 2024

El Concejo Municipal de La Paz aprobó la censura para 15 altas autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz porque no se presentaron al pliego interpelatorio en el que debían informar cuáles fueron las medidas preventivas, correctivas y de atención a las emergencias. Según la  ley de Fiscalización 499, estas deberán ser destituidas en un plazo de 24 horas desde que sea notificado el alcalde Arias.

“No se presentaron al acto interpelatorio, por ello, en sesión del Concejo Municipal 015/24 esta instancia fiscalizadora -en el marco de los art 24 y 25 de la ley de Fiscalización 499- se pronunció con el voto y determinación de los miembros por la censura con falta de confianza de las autoridades del Órgano Ejecutivo Municipal porque no estuvieron presentes”, detalló el concejal Javier Escalier en base al pronunciamiento emitido por el Legislativo municipal.

El pliego interpelatorio fue remitido por el Concejo Municipal el pasado 1 de marzo “ante la crítica situación que viene atravesando el municipio de La Paz por las precipitaciones pluviales torrenciales y por los hechos suscitados (…). La situación planteada requiere una evaluación inmediata para garantizar la seguridad y el bienestar de la ciudadanía”, detalla la nota.

Escalier informó que las autoridades convocadas y que no se presentaron suman 15. Los secretarios son: Ejecutivo Municipal; de Resilencia y Gestión de Vulnerabilidades; y de Infraestructura Pública. Los subalcaldes son: Sur, Cotahuma, Periférica, San Antonio, Mallasa, Centro, Maximiliano Paredes, Zongo y Hampaturi. Los jefes de unidad de gestión de Cuencas, de Manejo y evaluaciones geodinámicas; y al director Ejecutivo de la Entidad Descentralizada Municipal de Maquinaria y Equipo (EDMME).

El artículo 22 de la ley de Fiscalización establece que el proceso de interpelación a las autoridades del ejecutivo municipal y en caso de que el informe fuera rechazado por el Concejo Municipal “por simple mayoría de los presentes” se emitirá el voto de censura. El artículo 25 advierte que la censura “implicará la destitución inmediata en el día a él o los servidores públicos del Ejecutivo Municipal”.

Inicio de procesos penales

El proceso de censura a 15 autoridades es un segundo que lleva adelante el Concejo Municipal. El primero se realizó el 2023 que no fue atendido por el alcalde Arias y derivó en una orden de cumplimiento que emitió la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en febrero pasado.

La resolución judicial ordena al alcalde de La Paz, Iván Arias, cumplir con la ley de Fiscalización 499 que fue promulgada de oficio en septiembre del 2022 y alejar de sus cargos a las autoridades observadas.

Bajo esta norma, cinco funcionarios fueron censurados el año pasado y estas autoridades fueron destituidas el 22 de febrero e inmediatamente posesionadas por Arias. Ellas son el Secretario Ejecutivo; Secretario Municipal de Gestión Ambiental; Subalcaldes de  Cotahuma, Max Paredes; y Centro.

Para Escalier “al restituir a esos funcionarios el alcalde incurrió en ‘Desobediencia a Resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad’ que establece el Código Penal”. Ante este incumplimiento, el Concejo Municipal aprobó el pasado martes 19 de marzo un segundo pronunciamiento de censura expresando “la falta total de confianza de la autoridad o autoridades públicas censuradas (…) debiendo ser denunciado el alcalde municipal a las instancias judiciales correspondientes por el incumplimiento de la presente ley”.

Respuesta del Alcalde

Para evitar la interpelación a las 15 autoridades, Arias envió una nota al Concejo Municipal. En ella “reiteró” su pedido de que el Concejo responda a una carta que él envió en febrero del 2023. En la misiva afirma que la ley 499 “no se encuentra publicada en la Gaceta Municipal”; que la ley fue “secuestrada” por el Ministerio Público; y que su “promulgación y publicación se encuentra a cargo del Órgano Ejecutivo” intentando desconocer la vigencia de la ley de Fiscalización.

Escalier explicó que la ley fue sancionada por el Concejo Municipal y se la remitió al Ejecutivo para que presente sus observaciones o la promulgue pero “no realizó ninguna de las dos acciones y se limitó a desconocer públicamente la norma sin asumir ninguna acción legal que vaya a frenarla”.

Una vez que se cumplió el plazo, la norma regresó al Concejo para su promulgación y publicación. Esta medida fue asumida por el Concejal Javier Escalier como presidente interino del Concejo y Roxana Pérez del Castillo, como Secretaria interina.

El alcalde aseguró que al no ser promulgada por su persona y no publicarla en la Gaceta, no se encontraban en el ordenamiento jurídico. Sin embargo, la sala Constitucional Segunda entendió que si este instrumento normativo no estuviera vigente, “el Alcalde no habría recurrido al Tribunal Constitucional para demandar su inconstitucionalidad, ni tampoco hubiera solicitado la medida cautelar de suspensión de esta norma”, detalla la resolución judicial.

Es decir, que si no existiera en el ordenamiento jurídico no habría posibilidad de demandar su inconstitucionalidad o una medida cautelar de suspensión de la misma.  “Ello evidencia que efectivamente existe una norma municipal que el alcalde se encuentra con incumplimiento”, agrega.

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