Conecta con nosotros

Economia

Conoce los posibles Acuerdos entre empleador y trabajador durante Coronavirus

Publicada

el

(Infodiez-8/04/20)

 Las empresas que no pueden pedir a sus empleados que trabajen regularmente y por otro lado los empleados no están posibilitados de trabajar. Esta situación crea nuevos escenarios de acuerdos que vamos a revisar a continuación.

No estamos hablando de un acuerdo regular entre partes pues se trata de contratos laborales, lo que conlleva un mayor cuidado en su tratamiento.

El derecho laboral viene a colación para ponerlos cada quien a su lugar, por un lado los empleadores que pueden intentar quitar beneficios a trabajadores y por el otro a trabajadores que pueden abusar de su condición a costa de la emergencia del Coronavirus.

Pero existen posiciones que ya se han resuelto en sentencias y autos supremos que dan un horizonte sobre el posible tratamiento ante la emergencia del Coronavirus.

Opciones para empleadores frente al Coronavirus

En la posición de los empleadores, que finalmente son los que decidirán un cambio en el acuerdo laboral, están las siguientes opciones.

Desde las más drásticas hasta las más benevolentes:

  1. Suspensión del contrato de trabajo

El argumento para este tipo de suspensión es el de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.

Fuerza mayor se refiere a un hecho causado por el hombre. Caso fortuito a un evento causado por la naturaleza o ajena a la voluntad del hombre.

La emergencia del Coronavirus se puede decir que es un mix entre ambos. Y hay que revisar en la normativa cómo aplicar, si es que cabe, según el tipo de empresa.

  1. Licencias no remuneradas o remuneradas parcialmente

Puede darse el caso que los empleadores decidan, por emergencia del coronavirus, otorgar licencias no remuneradas, o permisos sin goce de haberes.
La otra opción es remunerar parcialmente según la cantidad de trabajo realizado a distancia.

  1. Vacaciones masivas, adelanto de vacaciones

Así como en los días de crisis política y social del 2019, muchas empresas decidieron otorgar vacaciones masivas, incluso por adelantado, pero debemos revisar la normativas si esto se puede hacer.

  1. Reducción de sueldos

Es otra de las opciones que pueden ser de forma eventual o permanente.

Si bien el gobierno ha indicado que esto no es posible, sin embargo queda como una opción si es que no se cumplen con la normativa laboral.

  1. Diferimiento del pago de sueldos

La postergación de pagos también es otra opción.

  1. Trabajo Remoto o teletrabajo

Hay que cumplir ciertos requisitos para que esta modalidad tenga valor legal.

Recordemos por ejemplo que hay relación laboral plena si contempla el requisito de que sea en los ambientes del empleador.

Posición del gobierno ante las alternativas del empleador

El gobierno desde luego tendrá una posición políticamente correcta, no puede indicar explícitamente las opciones que desventajen al trabajador.

El gobierno por eso ha indicado en sus comunicados la voluntad de precautelar el trabajo y conservar los mismos durante la emergencia del Coronavirus.

Pero vistas las circunstancias, de posibles ampliaciones de cuarentena, o incluso si se haya levantado, la situación de las empresas no es la misma.

Argumentos legales para cumplir con modificaciones a los acuerdos con trabajadores

Existen sin embargo salidas normativas, antecedentes judiciales y recursos legales para equilibrar la relación empleador-trabajador.

Recordemos que se trata finalmente de un acuerdo y todo acuerdo puede modificarse o rescindirse. El laboral no implica un acuerdo infinito, con abuso por una de las partes, porque de otra manera no sería un contrato. /Bolivia impuestos.com

Tendencias