Sociedad
Defensoría del pueblo reactiva el observatorio de los derechos de las personas adultas mayores
Ante la necesidad de contar con datos, estadísticas e información actualizada sobre derechos humanos de personas adultas mayores en el trabajo con y para esta población, la Defensoría del Pueblo reactivó el Observatorio de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores (ODEPAM), el cual podrá estar a disposición de manera pública en la página web de la institución a través del enlace https://www.defensoria.gob.bo/contenido/odepam.
La actualización realizada al ODEPAM permitirá hacer un seguimiento al cumplimiento y ejercicio de los derechos y será de utilidad en el trabajo que realizan instancias públicas responsables de la temática, en cuanto a propuestas de políticas públicas y/o normativa complementaria.
Las características y los datos contenido en el Observatorio fueron presentados a miembros de la Asociación Nacional del Adulto Mayor de Bolivia (ANAMBO) y la Asociación de Adultos Mayores del Departamento de La Paz (ADAMPAZ), durante una reunión que sostuvieron con la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, como parte de las actividades programadas por el Día de la Dignidad de las Personas Adultas Mayores que se celebró el 26 de agosto pasado.
En esta reunión los representantes de ANAMBO manifestaron su predisposición para trabajar de manera conjunta con la Defensoría del Pueblo y para el intercambio de información para mantener actualizados los datos del ODEPAM.
De acuerdo al Censo de 2012, se tenían registradas 840.822 personas adultas mayores, cifra que aumentó según la Encuesta de Hogares de 2017 a 1.325.830, de las cuales el 53.4% son mujeres y 46.6% hombres. Se calcula que existirá un aumento progresivo de las personas mayores de 60 años para el 2030, que llegará a 1.529.922, y se prevé que este número continúe en aumento.
En cuanto al respeto y cumplimiento de los derechos de esta población, la Defensoría del Pueblo, durante la gestión 2018 atendió 2.127 casos de personas adultas mayores y 1.415 durante el primer semestre del 2019, lo que nos muestra una tendencia a un incremento de las denuncias recibidas.
La Constitución Política del Estado reconoce los derechos de las Personas Adultas Mayores en los artículos 67, 68 y 69, destacando el derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana. Por tanto, el Estado tiene el deber de adoptar políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.
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