Bolivianos en Argentina
La Colectividad Boliviana tiene la mayor cantidad de votantes en CABA
Los residentes bolivianos en en la Ciudad de Buenos Aires tiene la mayor cantidad de votantes para las elecciones primarias del domingo 13 de agosto.
La Colectividad Boliviana tiene la mayor cantidad de votantes en CABA
Los residentes bolivianos en en la Ciudad de Buenos Aires tiene la mayor cantidad de votantes para las elecciones primarias del domingo 13 de agosto
Registro de Electoras/es Extranjeras/os Residentes
Registro de Electoras/es Extranjeras/os Residentes actualizado hasta el 24/10/2022
Los extranjeros que voten en los próximos comicios no deben realizar ningún trámite específico, ya que el empadronamiento es automático y, debido a que desde el pasado 14 de julio se encuentra disponible la consulta en el padrón definitivo para las PASO y las elecciones generales, los electores pueden conocer los datos precisos del lugar donde les tocará votar.
Extranjeros que votan en Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Los electores extranjeros que residan en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán emitir su voto para los siguientes cargos:
Jefe de Gobierno
Legisladores
Comuneros
Los extranjeros que figuren en el padrón estarán habilitados para votar en las PASO
Los extranjeros que figuren en el padrón estarán habilitados para votar en las PASO
Requisitos para extranjeros que votan en CABA
Para ser elector se deben cumplir los siguientes requisitos:
Tener 16 años cumplidos
Tener la calidad de “residente permanente” en el país en los términos de la legislación de migraciones. La residencia exigida podrá ser acreditada por cualquier medio de prueba, excepto la testimonial
Poseer DNI de Identidad de Extranjero
Tener registrado en el DNI de Extranjero el último domicilio real en la ciudad
No estar incurrido en las inhabilidades que establece el Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires
De acuerdo al Artículo 62 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “el sufragio es libre, igual, secreto, universal, obligatorio y no acumulativo”. “Los extranjeros residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito, en los términos que establece la ley”, completa.
El voto extranjero en la Ciudad de Buenos Aires
La legislación de la provincia de Buenos Aires, en el artículo 10 de su Código Electoral, expresa que “los extranjeros y las extranjeras, desde los 16 años de edad, están habilitados/as para votar en los actos electorales convocados en el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Para eso, deben acreditar la categoría de “residente permanente” en el país en los términos de la legislación de migraciones, DNI de extranjero y con domicilio en CABA y que “no estén incursos” en las inhabilidades que establece este Código Electoral.
En tanto, la ciudad de Buenos Aires establece en su Constitución -artículo 62- que el voto “es libre, igual, secreto, universal, obligatorio y no acumulativo. Los extranjeros/as residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de condiciones que los ciudadanos/as argentinos/as empadronados/as en este distrito, en los términos que establece la ley”.
Este año, el padrón electoral de extranjeros se amplió, especialmente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se realizó un empadronamiento automático de residentes que hasta ahora no habían hecho el trámite necesario para poder participar de los comicios.
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